El informe de la OEA recomienda no utilizar voto electrónico en elecciones dominicanas y así lo hará la Junta Central Electoral.
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró buena y válida en cuanto a la forma, la solicitud de medida cautelar anticipada incoada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), en contra de la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que establece el orden de los partidos en las boletas electorales de las lecciones de este 2020, donde el partido Reformista Social Cristiano ocupa el lugar 3, y el partido blanco el número 4.
En ese sentido, el TSA acogió parcialmente la solicitud de medida cautelar anticipada, «y en consecuencia, suspende la Resolución núm. 34-19 de fecha 10 de diciembre del año 2019, dictada por la Junta Central Electoral, por los motivos consignados en la sentencia íntegra».
La resolución 34-19 objetada por el PRD fue dictada por la JCE el 10 diciembre. El órgano electoral dispuso que el orden de los partidos en la boleta para las próximas elecciones será en base a los votos obtenidos por estos en los tres niveles de elección de 2016.
El PRD, aliado al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) reclama que para la asignación de los recuadros solamente se tome en consideración los votos del nivel presidencial como en el 2010.
De igual forma, en su fallo dado a conocer esta tarde, el TSA rechazó la excepción de incompetencia en cuanto a la medida cautelar se refiere, planteada por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), a la cual se adhirieron el Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), el partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), el Partido de Unidad Nacional (PUN) y el Frente Amplio (FA).
También rechazó los medios de inadmisión planteado por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), PRSC, BIS, PQDC, FA y PUN.
El TSA había ordenado la suspensión hasta este 17 de enero de la resolución 34/2019 de la JCE que colocó al PRD en cuarto lugar en el orden de la boleta, medida que fue acogida por el organismo electoral.