TSE anula resolución PLD que prohíbe miembros demandar

TSE anula resolución  PLD que prohíbe miembros demandar

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró ayer nulo y violatorio de la Constitución el numeral 15 de la resolución que emitió el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) el 28 de mayo, en la que prohibió a su militancia acudir a las instancias judiciales con la finalidad de implantar demandas, a raíz de que la organización se reservó los principales cargos electivos para las elecciones del 15 de mayo de 2016.

La parte anulada es la que PLD quiso hace valer frente a sus miembros, de que “asumían el compromiso de no accionar ni entablar instancias de apoderamiento a las denominadas altas cortes del país”.

Con esta decisión, el tribunal falla a favor del demandante, doctor Lorenzo A. Emeterio Rondón y se pronuncia contra el PLD, que entró al proceso de manera forzosa y al que le rechaza sus pretensiones, por considerarlas “improcedentes, mal fundadas y carentes de sustento legal en los medios de inadmisión que expuso contra la demanda de nulidad incoada el 15 de junio de 2015”.

Sin embargo, el TSE rechazó la parte de la demanda de Rondón que procuraba que se anularan los numerales 3 y 5 de la misma resolución del Comité Político del PLD del 28 de mayo de este año, mediante la cual se reserva las candidaturas a cargos electivos para los comicios de 2015.

 

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