El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó ayer al Colegio de Abogados, que a través de su comisión electoral, realicen un nuevo conteo de los votos emitidos en las pasadas elecciones del 2 de diciembre, sin aplicar la alianza que dio la victoria a Trajano Vidal Potentini.
La alta corte consideró como irregular la alianza, aprobada mediante la resolución CNE -(CARD)- 009- 2023, por carecer de efectos jurídicos.
La sentencia agrega que los votos deberán ser computados de manera separada para cada candidato, quedando vigentes solo los acuerdos r que fueron aprobados de forma regular.
El TSE dispuso que la sentencia sea ejecutada en un plazo no mayor de 5 días hábiles, a partir del lunes 15 de este mes.
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El tribunal acogió en cuanto al fondo la acción de amparo de extrema urgencia, porque los accionantes demostraron que sus derechos electorales fueron vulnerados, en el marco de su prerrogativa de asociación, contenido en el artículo 47 de la Constitución y el debido proceso dispuesto en el artículo 69 de la norma suprema.
El alto tribunal verificó que el pacto de alianza que sustenta los resultados de la elección fue aprobado por la Comisión Nacional Electoral el mismo día de las elecciones, a las 3:00 de la tarde, por lo que dicho acuerdo no garantizaba la publicidad, certeza electoral y transparencia, que exige el debido proceso en el marco de una contienda electoral gremial.
Pero además, el TSE constató la violación del artículo 18 del Reglamento Electoral del Colegio de Abogados , porque el acuerdo entre Trajano Vidal Potentini, de la corriente gremial Consenso Nacional, y Diego José García Ovalles, de Dignidad Jurídica, no establece de manera clara cuál plancha encabeza la referida alianza.
Según el dispositivo de la sentencia, el pacto no fue depositado en el plazo reglamentario, sin que exista constancia de una modificación al Reglamento.