TSE reitera anulación de la XXXIV Convención del PRD

TSE reitera  anulación de la  XXXIV Convención del PRD

El pais.El Tribunal Superior Electoral (TSE) volvió a pronunciarse este lunes en contra de la modificación estatutaria del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), realizada el 3 de diciembre del 2017 la demanda la encaberón, Guido Gómez Mazara, y Tonty Tutinel, Andrés Henríquez, y César Guzmán Antigua.Hoy/Pablo Matos 8-04-2019

La irregularidad de la convocatoria y por ende, la falta de quórum de la reunión del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) del 19 de noviembre de 2017, fue lo que motivó que ayer el Tribunal Superior Electoral (TSE) ratificara la anulación de la Trigésimo Cuarta Convención Nacional Extraordinaria del 3 de diciembre de ese año, en la que Miguel Vargas fue electo presidente hasta 2021 y seleccionadas sus otras autoridades.
En esa asamblea la organización también modificó sus estatutos. No obstante, el tribunal decidió que todo lo aprobado fuera declarado nulo, lo que abarca la elección de la directiva, por violar el artículo 192.

La demanda en nulidad fue interpuesta por Andrés Henríquez y César Guzmán Antigua y la sentencia fue emitida con tres votos a favor y dos en contra. A favor votaron el presidente del órgano, Román Jáquez Liranzo, Santiago Sosa Castillo y Rafaelina Peralta Arias.
Los disidentes fueron Cristian Perdomo Hernández y Ramón Arístides Madera Arias, quienes de forma amplia motivaron su rechazo a la decisión.
La sentencia fue evacuada en cumplimiento de una previa del Tribunal Constitucional, que el 11 de septiembre de 2018 ordenó un nuevo juicio.
Por partes. El TSE consideró que la manera en la que está planteada la demanda es consistente con la forma de la propia normativa interna del partido, de modo específico el artículo de sus estatutos que plantea su reforma.
Indica que por tanto, esto determina que la reforma como tal puede ser atacada de forma conjunta, y someter al escrutinio tanto los actos previos como los posteriores.

Declaró nula la convención por irregularidades en el procedimiento que afectan los principios de democracia interna y transparencia, de acuerdo con los motivos expuestos en la demanda y porque según el acta depositada por el PRD como elemento probatorio, en la resolución sexta fue elegido y proclamado Vargas Maldonado como presidente del Partido hasta 2021 y este no fue un punto de la agenda ni estuvo en la convocatoria.
Los demandantes atacaron la reunión de la Comisión Política del 7 de noviembre de 2017; del Comité Ejecutivo Nacional del día 19, la Convención Nacional Extraordinaria del 3 de diciembre y la reforma estatutaria resultante de esa actividad.
Como manda la Constitución. El TSE recordó que de conformidad con las disposiciones del artículo 184 de la Constitución, las decisiones del Tribunal Constitucional son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado.
“De lo anterior se desprende, que lo juzgado por el Tribunal Constitucional debe ser respetado por todos los órganos del Estado, incluido, evidentemente, este tribunal”.

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