TSE ve inadmisible la objeción de precandidatos PRM

TSE ve inadmisible la objeción de  precandidatos PRM

El pais.El Tribunal Superior Electoral (TSE) volvió a pronunciarse este lunes en contra de la modificación estatutaria del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), realizada el 3 de diciembre del 2017 la demanda la encaberón, Guido Gómez Mazara, y Tonty Tutinel, Andrés Henríquez, y César Guzmán Antigua.Hoy/Pablo Matos 8-04-2019

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró ayer inadmisible, de oficio, la impugnación incoada por Rosendo Pacheco Paula (Joan) y Justo Soriano García contra las precandidaturas de cinco dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
La objeción a los precandidatos Carlos Julio Montaño, Modesto de Jesús Ramírez, Miguel Ángel Marte Heredia, Portania Pereyra Suárez y Puro Enrique de los Santos fue hecha por los demandantes alegando que ninguno de los demandados están inscritos en el PRM ni figuran en el padrón electoral de la organización política.

Los jueces del TSE adoptaron su decisión en virtud de los principios de preclusión y calendarización, conforme a los artículos 50 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; el 32 de su reglamento de aplicación; el numeral segundo de la “proclama que declara abierto el período de precampaña y fija el tope de gastos para los aspirantes a precandidaturas de puestos electivos”.
También de la Resolución número 19-2019 dictada por la JCE en agosto de este mismo año.

Los jueces de la alta corte dictaron su fallo tras declarar “irrecibibles” las conclusiones incidentales propuestas por la parte demandada en la audiencia celebrada el pasado martes primero de este mes, por haber sido planteadas en violación al orden procesal establecido en los artículos 2 de la Ley número 834, y 82 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y de Rectificación de Actas del Estado Civil.
El TSE lo preside el magistrado Román Jáquez.

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