Un juez democrático

Un juez democrático

JULIO CÉSAR CASTAÑOS GUZMÁN
Hace algún  tiempo le escuché decir a un amigo, Magistrado de una Corte de Apelación, afirmar, que él era un juez democrático. Esta expresión, que en ese momento consideré un tanto extravagante y fuera de lugar, quedó dando vueltas en mi cabeza. Pero, releyendo al maestro Calamandrei en su célebre obra “El elogio de los jueces” y desde otro ángulo, quisiera con todo respeto, referirme al tema.

Todo sistema político existe en tanto es capaz de dictar normas de convivencia social, ejecutar políticas públicas orientadas al bien común y dirimir conflictos. Solamente en el caso de que dicho sistema pueda satisfacer estas necesidades imprescindibles, podría considerarse que el régimen político en cuestión es viable.

El aparato judicial realiza por naturaleza una función esencial del sistema político que es: interpretar y aplicar la ley para el caso de la especie; y, decidiendo el asunto en particular, el juez apoderado extingue el diferendo entre las partes. Además de que la decisión de la judicatura define el precedente que orienta por obra de la jurisprudencia la interpretación dominante en un momento determinado.

Existe un planteamiento clásico que concibe  al juez como un vocero a través del cual habla solamente la Ley: la “bouche de la loi”. (La boca de la ley).  Sin embargo  estas ideas formuladas en abstracto se estrellan con las dificultades propias  del caso de la especie, una vez que a los jueces  les toca enfrentar cotidianamente el desafío de la ambigüedad de la ley. Más aún cuando el mismo Código Penal los conmina a fallar el asunto, independientemente de los defectos y tinieblas de la norma, so pena de que se incriminen por el delito de “denegación de justicia”.  

Y complejo es el reto cuando la regla de derecho  permite más de una interpretación válida. Esto deja al juez dependiendo de su propio sistema de valores, creencias y preferencias políticas ancladas en su conciencia. ¡Qué difícil le es a un juez seguir una política que lo dispense de “la política” cuando la ley es contradictoria!; porque en toda interpretación jurídica hay cierto margen de elección política. Hans Kelsen no anda con rodeos cuando afirma que: ¨Si la norma es confusa la interpretación es política.

El juez Virata,-en la célebre obra de Stefan Zweig, “Los ojos del hermano eterno”-descubre en su propia carne la incapacidad del hombre para realizar de manera perfecta, cualquier acto de justicia. Es una bella historia que trata sobre la conciencia personal, la justicia y el sufrimiento para alcanzar la sabiduría.

Pero, el magistrado Virata, no descubre esta verdad fundamental, hasta que no sufre  de manera voluntaria la experiencia de ocupar físicamente en persona el lugar en el calabozo de un asesino sanguinario que había sido condenado por él, a fin de vivir en carne propia  la magnitud de los castigos y sufrimientos ejecutados en la persona del reo, infligidos a consecuencia de su propia sentencia.

¿Dónde está la justicia?, ¿Cómo hacemos justicia? Muchos responderían que aplicando la ley hacemos la justicia y de alguna manera tendrían razón, ya que en cualquier génesis del derecho, éste vendría teleológicamente a ponerle fin a la guerra, normando la pacífica convivencia y protegiéndonos del imperio  de la ley del más fuerte.

Mas no podemos afirmar lo anterior de manera absoluta.  Y es  que hace muchos años, Abraham Lincoln, por ejemplo, se negó a aceptar como abogado el caso del propietario de una casa, que amparado en el derecho procuraba el desalojo compulsivo  de una viuda indigente y cargada de hijos. Advirtiéndonos, el ex presidente norteamericano que: “no todo lo legal es decente”.        

La democracia como régimen de mayorías se legítima,  ordinariamente, respetando el principio de la  Igualdad ante la Ley que desemboca en el denominado Estado de Derecho. En tal sentido el postulado de  la división de los poderes de Montesquieu, vendría a darle al Poder Judicial la categoría de  estamento independiente, constituyéndolo como una herramienta imprescindible para alcanzar los fines de la democracia: libertad e igualdad.

Para el paradigmático Kelsen, lo fundamental de Jesús como rey mesiánico es, que: “había nacido para dar testimonio de la justicia, de esa justicia que deseaba que se realizara en el reino de Dios. Y por esa justicia fue muerto en la cruz.”

La decisión de Poncio Pilatos, fundada en el  reclamo de una multitud que pedía la condenación a muerte de Jesús y que de hecho decidió su suerte frente a la alternativa de liberar a Barrabás, es el exponente más elocuente de que no siempre la mayoría tiene la razón. Y terminó de alguna manera,  Pilatos, como un Procurador “democrático”, que escuchando el dictamen de la mayoría concluyó sentenciando un inocente.

El pretendido “Gobierno de los Jueces”, que ha venido a ser tan ponderado en los últimos tiempos por juristas y cientistas sociales, contrasta con  las palabras y reflexiones de John Roberts, recién electo Presidente de la Corte Suprema de los Estados Unidos, quien haciendo una analogía con el lenguaje deportivo,  expresó con sabiduría  que: “el público no asiste a los partidos a vitorear a los árbitros (los jueces); concurre a aplaudir  los jugadores.

Es que existe una gran tentación en cada juez, de pretender suplantar al Legislativo (a veces al Ejecutivo en materia reglamentaria), confundiendo su papel de interprete de la Ley con el de hacedor de leyes, lo cual sería terrible en el orden de trastocar la función indelegable de cada Poder del Estado. Sobre todo porque nuestra Constitución expresa en el artículo 99 que: “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos  son nulos”.

Sin embargo es preciso decir que, a modo de una sorprendente  paradoja, lo anterior no es un obstáculo, para que cada vez que la oscuridad o insuficiencia de la ley ponga al juez frente a la obligación de administrar justicia, se le presente como hombre la gran oportunidad. Y es  que podría, armado  de los valores de la democracia, quien sabe si hasta… salvar la democracia.

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