Un llamado al Ministerio de Interior y Policía

Un llamado al Ministerio de Interior y Policía

Por: Kelvin Jiménez

Ciudadanos comprometidos con la seguridad ciudadana en el municipio de Los Alcarrizos han manifestado una gran preocupación por la información que circula en medios locales sobre la falta de coordinación y desavenencias entre el alcalde Cristian Encarnación y el coronel Franklin Grullón Collado, director de la Regional Santo Domingo Oeste.

A juzgar por sus comentarios, esta situación afecta los planes locales de seguridad y albergan el temor que el ambiente hostil pueda desencadenar en un choque de fuerzas, cuyos efectos colaterales serían impredecibles.

No vamos a hacernos eco de los constantes rumores que gravitan en las redes entre las partes en conflicto porque es una tarea del Ministerio del Interior y Policía y la Policial Nacional que tienen que esclarecer esta problemática e identificar las vías de solución, por nuestra parte solo queremos reiterar la importancia de los gobiernos locales y su rol en el marco de la Constitución y nuestro ordenamiento jurídico interno.

El artículo 5 de la ley 176-07 define el ámbito de actuación para garantizar una gestión eficiente y participativa en base a los principios de descentralización, desconcentración, concurrencia, coordinación y subsidiariedad.  Esto con el objeto de establecer los medios de una transferencia progresiva de las competencias territoriales, para ir configurando verdaderos gobiernos municipales cónsonos con la Constitución en su artículo 203 que tiene como fin fortalecer el desarrollo de la democracia y la gestión local.

Otro aspecto de singular importancia son las Mesas Locales de Seguridad, Ciudadanía y Género, cuya creación obedece al decreto presidencial 121-13, su artículo 2 las describe como espacios de diálogo cuya misión fundamental es la de propiciar y gestionar la ejecución de las políticas públicas y los programas sobre prevención de violencia y criminalidad.

En el artículo 4 del mismo decreto marca las atribuciones que giran en torno a la seguridad ciudadana, como dar a conocer las líneas concretas de actuación de cada actor en las políticas de seguridad ciudadana. En cuanto a la coordinación del espacio de articulación de políticas y programas, recae en un represente del MIP y después del alcalde.

Un claro ejemplo de transferencia progresiva es la nueva Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial la 63-17 que en su artículo 286 le otorga atribuciones para establecer infracciones de tránsitos cuando se compruebe una infracción prevista en el régimen de esta ley, sea a través de uno de los agentes de la DIGESETT o de dispositivos electrónicos de control implementados por el INTRANT o la municipalidad correspondiente, elaborarán de inmediato un acta.

Y en el artículo 79 reza que los agentes de la DIGESETT y de la municipalidad en los casos que correspondan, tendrán competencia para la tramitación o sometimiento de los infractores de la presente ley por ante el Ministerio Público o el juzgado correspondiente.

En ese tenor, establecemos tres aspectos para abordar la seguridad ciudadana:

1. Evitar las causas que dan origen al delito, a través de acciones preventivas.

2.  La participación ciudadana.

3. Desde la perspectiva local, ósea, los ayuntamientos como plataforma estratégica y operacional.

El primer punto se enfoca en el llamado modelo Profiláctico Europeo que ataca los males sociales como la deserción escolar, la drogadicción, delitos juveniles, entre otros, con la finalidad de monitorear el desarrollo de nuestros jóvenes, puesto que no existe un registro único que integre todo el proceso de desarrollo humano, de manera que se puedan encender las alertas y tomar medidas para direccional o aplicar correctivos de socialización.

De ahí la importancia de la carnetización estudiantil, la elaboración de proyectos de vida, y la sistematización de los actos que vayan desde la declaración de nacimiento hasta la graduación en una carrera profesional, pero que incluya a la vez las multas de tránsitos, los reconocimientos y las privaciones de libertad, de manera que el tratamiento a dicha información coadyuve el perfil ciudadano de cada ente social.

El segundo punto es el llamado modelo Inmunológico Estadounidense, en éste la función policial busca fortalecer los mecanismos de autocontrol de la colectividad, con el concurso de grupos sociales como las juntas de vecinos, clubes, iglesias y, por supuesto, las mesas locales.

El punto tres es la parte neurálgica para lograr un correcto enfoque edil, con la puesta en marcha de medidas que generen en los munícipes sentimientos de seguridad. Sobre todo, avanzar en temas como el fortalecimiento de los departamentos de juntas de vecinos para que sean espacios dedicados a sus entornos y no se manifiesten como núcleos partidistas.

¡Ya lo he dicho! La municipalidad tiene el deber de integrarse en esta lucha contra la criminalidad, pero mediante un modelo preventivo, participativo y con un nuevo cuerpo entrenado bajo una filosofía comunitaria, y un primer paso sería organizar escuelas de formación, secundado con un programa de captación de agentes en sus comunidades que instaure una nueva cultura de aplicación de protocolos de actuación, con énfasis en respeto a los derechos humanos y combate al crimen.

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