Muchos dominicanos tienen la costumbre de tratar de justificar la vuelta al pasado de lo poco que se ha avanzado en la vida pública, alegando asuntos de seguridad o respeto a las tradiciones. Muestra de ello fue la adición del Art. 210 de nuestra primera Constitución por las guerras domínico-haitianas que fue el argumento para cambiar una Carta Sustantiva de corte liberal por una dictadura. Con otros pretextos se eliminaron las principales conquistas alcanzadas en 1994, como la prohibición a la reelección presidencial y la separación de las elecciones presidenciales de las congresuales y municipales.
Ahora se le ocurre al Listín Diario que se debe desmantelar el territorio del municipio de Santo Domingo Oeste quitándole dos manzanas enormes, dizque para que se cumpla con la Ley Electora1 275-97, porque esta señala que la sede principal de la Junta Central electoral está en la ciudad capital.
Pero resulta que esa ley es obsoleta e inconstitucional, porque a partir del 2010 debe ser orgánica, es decir, aprobada por las dos terceras partes de cada cámara legislativa y eliminar la existente con de tres cámaras decisorias ya eliminadas por la Constitución del 2010.
Por lo demás, la Constitución nunca ha prohibido que las diferentes instituciones del Estado estén en cualquier punto del territorio nacional, mucho menos en un país como el nuestro, que se permite el lujo de tener viceministerios con sede en otro país (Miami, USA).
Por lo pronto, la Secretaría de Estado de Agricultura estuvo funcionando muchos años en la ciudad de San Cristóbal; en los Estados Unidos de América, la emblemática Secretaria de Estado de Defensa (El Pentágono), el Cementerio Nacional y el aeropuerto Nacional se encuentran en el estado de Virginia (Arlington); en Chile el Congreso Nacional está en Valparaíso, en Bolivia su capital oficial: Sucre, solo es sede de la cabeza del Poder Judicial y los demás en La Paz y otras ciudades; en Hungría las instalaciones del Estado funcionan entre las ciudades de Buda y Pest, a ambos lados del anchuroso río Danubio; y en Alemania, Bonn, antigua capital provisional de Alemania Occidental, funcionan regularmente varios ministerios y agencias federales, muy alejados de Berlín; amén de otros casos en Colombia, Suiza, México, etc.
En el caso dominicano, lo que sí sobra es la propia Ley 275-97, que es hoy por hoy inconstitucional e hipercentralizada, sindesmantelar la clara división que hay entre el Distrito Nacional y Santo Domingo Oeste, que se unen precisamente en una plaza tan emblemática como la dedicada la Bandera.
De ahí que no tienen sentido en lo absoluto los reclamos ultratardíos del presidente de la JCE, quien la dirigió ya del 2004 al 2008; ni del Presidente del Tribunal Constitucional que está en un local prestado que él mismo solicitó.
Confío en que estos funcionarios, muy capacitados, dedicarán sus máximos esfuerzos para que se aprueben las leyes Electoral y de Partidos; y luego a que se institucionalicen en el país esos y otros procesos, de manera que en lugar de que se generen nuevos retrocesos, éste se encamine hacia un desarrollo democrático y pacífico, como lo deseamos la mayor parte de los dominicanos.