Urgencia del nuevo registro inmobiliario

Urgencia del nuevo registro inmobiliario

En estos últimos días, hemos podido comprobar la necesidad de aprobación por parte de las Cámaras Legislativas del Programa de Modernización de la Jurisdicción de Tierras, proyecto de suma importancia, pues fortalece los derechos registrados y por registrar de las propiedades inmobiliarias y da una verdadera seguridad jurídica a las inversiones, no solo de todos los dominicanos sino también a la inversión extranjera de vital importancia para el desarrollo del país, es decir, es imperativo y urgente la aprobación del proyecto de «Ley de Registro Inmobiliario», que sustituirá la vieja y obsoleta Ley de Registro de Tierras.

Como todos los que dependemos de la obsoleta e inadecuada ley #1542 del año 1947, la cual es un obstáculo permanente para todo aquello que se refiera a mensuras catastrales y la obtención del correspondiente Certificado de Títulos, estamos ansiosos, porque el Congreso Nacional de su aprobación al Proyecto de Ley de Registro Inmobiliario, porque actualmente es un viacrucis lo que vivimos los promotores de viviendas y adquirientes de inmuebles en nuestro país, donde funcionarios y empleados de los Tribunales de Tierras, Registradores de Títulos, Agrimensores y empleados de la Dirección de Mensuras, hacen lo que les viene en gana. Es raro conseguir que un funcionario o empleado de dichas dependencias traten a los usuarios con respeto y don de servicio. Los atrasos por pérdidas de expedientes, el desinterés en ayudar al Contribuyente para que éste obtenga los documentos requeridos, como Certificados de Gravamen (Estos duran hasta más de 45 días su obtención), aprobación de deslinde y los posteriores Certificados de Títulos, forman parte de una estrategia, que produce obstáculos que se traducen en costos financieros para los adquirientes de inmuebles y entorpecimiento al proceso de compra-venta de inmuebles. Por consiguiente la aprobación de la ley de referencia, establecería «Un compromiso de dos Poderes del Estado con el proceso de reformas que busca poner al día al marco Institucional y Legal de la Jurisdicción de Tierras», lo cual redundaría en una rápida y segura rentabilidad para el Estado y para todos los Ciudadanos.

El proyecto de referencia, que nos preocupa, fue introducido al Senado de la República el 12 de Diciembre del 2002-Es insólito, que aún permanezca durmiendo en las gavetas de sabe Dios cual Comisión de Senadores, cuando dicha ley se trata de un proceso destinado a garantizar la seguridad jurídica de los derechos registrados sobre la propiedad de los bienes inmuebles, la garantía de los créditos hipotecarios y el impulso definitivo al desarrollo de la Nación y la protección de nuestro Patrimonio Nacional.

El espacio de esta columna, nos restringe detallar, en qué consiste la reestructuración de los Tribunales Superiores de Tierras y su futuro esquema de trabajos, los plazos procesales, las técnicas nuevas que serán introducidas, los nuevos reglamentos etc., lo que si podemos asegurar es que esta ley, agiliza los procesos, haciéndolos más breves, además la asignación a cada Tribunal de Tierras de una delimitación territorial, lo cual es una medida descentralizadora, que abaratará costo judicial a los usuarios, pues permite el apoderamiento directo en los Tribunales de Jurisdicción Original, evitando pasos innecesarios.

También contempla la nueva ley, la creación de una Dirección Nacional de Mensuras Catastrales y Direcciones Regionales de Mensuras Catastrales, que permitirá reducir el tiempo y los costos en los procesos, y por tanto descongestionará a los Tribunales.

Por otra parte, la delegación de funcionarios es una nueva figura del Certificado en el Registro de Títulos, que fortalece la gestión del Oficial Mayor, dándole mayores funciones con su creación, que adecuará el desenvolvimiento del Registro de Títulos.

Urge, pues, la aprobación es esta legislatura de la Ley de Registro Inmobiliario, porque es una necesidad y aportará modernidad a la Justicia Dominicana y economía al Estado y a sus contribuyentes.

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