Uruguay anunció reglamentación sobre ley de aborto

<STRONG>Uruguay anunció reglamentación sobre ley de aborto</STRONG>

MONTEVIDEO. AFP. El gobierno uruguayo presentó hoy la reglamentación de la ley de despenalización del aborto -aprobada en octubre por el Congreso- cuyo fin es asegurar la confidencialidad, el consentimiento informado, la seguridad del procedimiento -realizado a través de fármacos- y el respeto a la decisión de la mujer.

El decreto que reglamenta la ley -que transformó a Uruguay en el segundo país de Latinoamérica en despenalizar el aborto- entrará en vigencia en diez días.

«Las bases para esta reglamentación son sin dudas la confidencialidad en la consulta» y que «sea la mujer quien asuma conscientemente la decisión libre informada y responsable de interrumpir el embarazo», señaló Leonel Briozzo, subsecretario de Salud Pública, en conferencia de prensa.

Además asegura el «respeto a la autonomía, a la decisión de la paciente y en cuarto lugar la seguridad», del procedimiento agregó Briozzo, quien explicó que a la reglamentación se suma un manual de procedimiento para las instituciones y los profesionales de la salud, y una guía técnica.

«La guía técnica asesora, recomienda que la interrupción voluntaria del embarazo en las mejores prácticas clínicas es farmacológicas y es con la utilización de misoprostol y mifepristona», dijo Leticia Rieppi, coordinadora de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud Pública.

La ley prevé no penalizar la interrupción del embarazo en las 12 primeras semanas de gestación si la mujer se entrevista con un equipo interdisciplinario que le informará sobre los riesgos, las alternativas, los programas de apoyo a la maternidad y los de adopción.

El equipo estará integrado por tres profesionales de salud del área ginecológica, mental y social, a los que deberá darle el pase -en el plazo máximo de un día- el médico que fue consultado por la paciente para interrumpir su embarazo.

Luego de cinco días de reflexión de la mujer se procederá a la realización del aborto a través de los medicamentos indicados y de forma ambulatoria, con la excepción de que la historia clínica de la paciente requiera internación.

La reglamentación prevé el concepto de «objeción de ideario» por el cual las instituciones que no quieran realizar el procedimiento deberán fundamentar sus objeciones.

Hasta ahora sólo dos instituciones privadas -con vínculos religiosos- anunciaron su negativa a practicar abortos.

En el caso de los médicos que planteen que sus creencias o conciencia no le permiten realizar el procedimiento serán liberados del acto, pero no del asesoramiento, ni los demás pasos del procedimiento.

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