En República Dominicana, numerosos trabajadores denuncian que sus empleadores les niegan el disfrute de sus vacaciones anuales, una práctica que contraviene lo establecido en el Código de Trabajo y pone en evidencia una preocupante cultura de incumplimiento laboral.
Según el Artículo 177 del Código de Trabajo dominicano, todo trabajador que haya cumplido un año de servicio continuo tiene derecho a 14 días laborables de vacaciones con disfrute de salario. Sin embargo, en la práctica, muchas empresas optan por ignorar este mandato, alegando razones operativas o simplemente postergando indefinidamente el descanso de sus empleados.
Impacto en la salud y productividad
Expertos en salud ocupacional advierten que la negación de vacaciones puede provocar agotamiento físico y mental, disminución en la productividad y aumento en los niveles de estrés.


Lo que establece la ley
Artículo 178: El derecho a vacaciones se renueva cada año de servicio.
Artículo 181: El salario correspondiente debe pagarse antes de iniciar el período de descanso.
Artículo 182: Las vacaciones no pueden ser sustituidas por dinero, salvo en caso de terminación del contrato.
Denuncias y fiscalización
El Ministerio de Trabajo ha recibido múltiples quejas en los últimos meses. Aunque existen mecanismos para denunciar, muchos empleados temen represalias o despidos. Organizaciones sindicales instan a fortalecer la supervisión y sanción a empresas reincidentes.
Llamado a la acción
Juristas y defensores de derechos laborales exhortan a los trabajadores a conocer sus derechos y exigir su cumplimiento. “Negar vacaciones no es solo una falta ética, es una violación legal que debe ser sancionada”, expresó el abogado José Meran.