Variaciones sobre el tema público/privado

Variaciones sobre el tema público/privado

Anteriormente, los casos de las escuchas telefónicas, de micrófonos ocultos, de guerras contra las diversas formas de terrorismo de espionajes político, económico y de la vida de los funcionarios públicos, se consideraban tan “normales” que estaban fuera de la vieja discusión sobre la separación de lo público de lo privado. Con la revolución informática y  particularmente la generalización del “hackeo”, se replantea esa discusión, desde la perspectiva de los  límites o alcances de la  ley para lograr el establecimiento de la justicia.

En España,  al juez Baltasar Garzón se le ha acusado de violar la ley y el derecho a privacidad, al permitir que se grabaran conversaciones de alguien sindicado de cometer actos de corrupción en las esferas pública y privada y del que tenía fuertes indicios de culpabilidad. Extendió el brazo de la ley más allá de los límites que ésta permite para establecer la justicia.

Habría que establecer, sin embargo, hasta dónde esa privacidad no estaba vinculada a lo público; hasta dónde el derecho a la privacidad puede ser usado para potenciar intereses privados contra el interés público. Reconociendo la peligrosidad de que un juez o una autoridad violen la ley, buscando el establecimiento de la justicia, pregunto: hasta dónde debemos reconocer el absolutismo de la ley, cuando éste puede ser un impedimento para que se haga justicia.

Salvando distancia, otra variación sobre lo privado y lo público: el reciente caso de los documentos divulgados por el periódico digital Siglo XXI, que incriminarían a funcionarios del actual gobierno por graves actos de corrupción.

Ese medio, hasta ahora, ha sido intervenido bajo la acusación de valerse del hackeo para obtener informaciones de carácter privado.

El contenido de los referidos documentos serían informaciones sobre cuentas bancarias privadas engrosadas a través del saqueo del erario público, lo cual obliga al ministerio público a examinarlos, pues limitarse a la mera acusación de violación de la ley, significaría una renuncia al establecimiento de la justicia, basada en una hipócrita defensa de la intimidad de personas públicas o privadas que no pueden estar por encima del interés público.

Finalmente, otras variaciones sobre este tema son: el injustificable y condenable uso de medios para espiar la intimidad de las personas con fines de chantaje, tratar de hacer vinculantes las opciones públicas de alguien con las actividades públicas o privadas de sus familiares.

Entre otros casos, cito la tragedia del hijo del zar Nicolás II, ejecutado por los bolcheviques durante la guerra civil contra los contra-revolucionarios, para evitar que se convirtiese en bandera unificadora de estos, un acto infame repetido por Stalin al ejecutar el hijo de Trotski, cuando éste fue enviado al exilio, justificándolo porque así quitaba una eventual bandera del trotskismo.

El hijo del zar y el de Trotski nada tuvieron que ver con los actos públicos de sus padres, como nada tienen que ver los crímenes  de Trujillo o de sus servidores, con los descendientes de estos. Estos ejemplos, sobre las variaciones de la discusión de lo público y lo privado evidencia la levedad de la barrera que, a veces, separa la ley de la justicia y en el debate político, pasión de la infamia.

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