Ve absurdo en ratificación
Ley 28-01 que exonera ITBIS

Ve absurdo en ratificación<BR>Ley 28-01 que exonera ITBIS

Por MARIO MÉNDEZ
El economista Héctor Guiliani Cury consideró como un absurdo la ratificación, por parte de la Suprema Corte de Justicia, de la Ley 28-01 de Desarrollo Fronterizo. Guiliani Cury expresó su impresión de que el alto tribunal no se asesoró bien en materia tributaria antes de tomar su decisión.

Afirmó que constituye un absurdo que a las empresas acogidas a esa ley se les exonere del pago del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que es un impuesto a las ventas, que no paga el empresario, sino el consumidor. Además, consideró que la Suprema Corte de Justicia ignoró, al tomar su decisión, que la Constitución estable un trato igualitario a los contribuyentes.

Agregó que en virtud de ese trato igualitario no se aplicar a unas empresas el cobro del ITBIS y a otras no. Guiliani Cury consideró que no entiende por qué se establece una exención del ITBIS en esa ley, si ese impuesto no forma parte de los costos de producción.

Favoreció que, ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia, el gobierno proponga un proyecto de ley que elimine todas las exoneraciones de impuestos, para impedir que se aplique la exoneración del ITBIS a las empresas acogidas en la Ley 28-01.Se recordó con la aprobación y promulgación del Código Tributario del año 1992, se tomó una decisión similar.

Las voces más representativas del sector empresarial del país se han expresado n contra de la exoneración del ITBIS a las empresas acogidas a la Ley 28-01, por entender que traería consigo una competencia desleal en perjuicio de empresas establecidos en todo el territorio nacional.

Han explicado quienes se han opuesto a exoneración del ITBIS, que la promoción de empleos en las zonas fronteras es bueno, pero no en detrimento de los empleos que se han generado en el resto del país.

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