Vergonzoso aval del genocidio civil

Vergonzoso aval del genocidio civil

Tuve que leer hasta la última letra la sentencia de los cinco magistrados de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia sobre el recurso de casación interpuesto por uno de los dominicanos descendientes de haitianos a los que se les niega la expedición de copias de sus actas de nacimiento, para creer que pudieran avalar el genocidio civil que se viene practicando con miles de personas.

 Ese dictamen no sólo es un adefesio jurídico, como sostienen los abogados recurrentes, sino también un acto de extrema inhumanidad que desnacionaliza a miles de personas de todas las edades y las condena a un ghetto sin precedente, en violación a preceptos jurídicos universales como el de la irretroactividad de la ley y la Constitución.

Con el agravante de que remite el caso al escenario internacional a través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde la nación dominicana volverá a ser condenada.

Con un retraso de tres años y medio, inexcusable en un recurso de amparo sobre un asunto tan fundamental como el derecho a la identidad de un ciudadano, la corte rechaza el recurso de casación interpuesto por Emildo Bueno Oguis, nacido en Villa Altagracia, San Cristóbal, hace más de tres décadas sobre una sentencia del 30 de abril del 2008 del entonces denominado Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, que había avalado la decisión de la oficialía del Estado Civil de negarle la expedición de copia de su acta de nacimiento, atendiendo a una simple circular administrativa de la Junta Central Electoral. 

 Irónicamente el dictamen encuentra al impetrante Bueno Oguis residiendo legalmente en los Estados Unidos, amparado en el pasaporte que legítimamente había obtenido con su documentación de dominicano.

Al parecer encontró más humanidad en las autoridades inmigratorias norteamericanas que le proporcionaron la residencia en base al pasaporte, ya que le resultó imposible presentar copia de su acta de nacimiento, para que pudiera reunirse con su familia.

 Para comprender la dimensión del abuso debe saberse que Bueno Oguis había obtenido copias de su acta de nacimiento una docena de veces para inscribirse en la educación primaria, secundaria y universitaria, para sacar su cédula personal de identidad y su pasaporte, para casarse y para otros actos legítimos de cualquier ciudadano.

Como él decenas de miles de descendientes de haitianos,  cuya inscripción como dominicanos era común pues se entendía que estaban amparados por la Constitución vigente y hasta por la ley de migración y su reglamento.

 Era tan obvio que esos actos del Estado Civil eran legítimos, que quienes en las últimas dos décadas empezaron a cuestionarlos, promovieron y consiguieron en el 2004 una modificación de la Ley de Migración para limitar el acceso a la nacionalidad de los descendientes de inmigrantes ilegales aunque nacieran en el país.

 Lo mismo restringieron el precepto del jus soli en la Constitución proclamada en enero del año pasado.     

 Produce consternación la lectura de esa sentencia, donde los jueces supremos no aportan un solo argumento propio en una materia tan fundamental, limitándose a repetir los del Tribunal contencioso, avalando una aplicación retroactiva de la nueva ley de migración y de la Constitución del 2010 y evadiendo responder a cuatro de los cinco alegatos del recurso de  casación, como explicó por Teleantillas el reputado constitucionalista Cristóbal Rodríguez, abogado de Bueno Oguis.

 Nadie ha negado que la Junta Central Electoral tenga facultad para adoptar decisiones en materia de su incumbencia ni para emitir circulares, como avala la sentencia.

Lo que se objeta es que asuma facultades que corresponden a los tribunales, como establece el artículo 31 de la Ley 659 sobre Actos del Estado Civil.

Esta sentencia abre las puertas de par en par para que los afectados recurran ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ya en el 2005 dictaminó disponiendo la inscripción de dos niñas descendientes de haitianos proclamando que los hijos no pueden heredar la ilegalidad de sus padres.

Con más razón en casos como el de Bueno Oguis con décadas de inscrito. Sólo nos esperan nuevas condenas y escarnios internacionales.  

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