Vídeo de arrestos difundido por PGR hace imputados pidan tribunal nulidad proceso

Vídeo de arrestos difundido por PGR hace imputados pidan  tribunal nulidad proceso

La difusión ilegal que habría hecho el Ministerio Público de un vídeo mostrando el momento en el que 10 de los 14 imputados en el caso Odebrecht eran arrestados y llevados al Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, fue uno de los principales argumentos esgrimidos ayer por sus abogados para que los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), declaren la nulidad de la solicitud de medida coerción hecha por el procurador general y de todos los actos generados por esta.
En la audiencia celebrada para conocer los recursos de apelación interpuestos contra la resolución mediante la cual el juez Francisco Ortega les impuso medidas de coerción que incluyen prisión preventiva, arresto domiciliario, fianza e impedimento de salida del país, la defensa técnica de seis de los imputados que fue escuchada, solicitó de manera principal la libertad pura y simple de sus clientes.
La audiencia continuará hoy a las 9:00 de la mañana con la exposición de los imputados Conrado Pittaluga, Ángel Rondón, César Sánchez y Radhamés Segura, ya que ayer fueron escuchados Andrés Bautista, Víctor Díaz Rúa, Máximo De Óleo Ramírez, Ruddy González, Temístocles Montás y Alfredo Pacheco.
También están pendientes de ser oídos por el tribunal, los representantes del Ministerio Público encabezados por la titular de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (Pepca), Laura Guerrero Pelletier.
Otras violaciones. Conforme a lo planteado por la defensa de Bautista, Díaz Rúa, De Óleo Ramírez, González, Montás y Pacheco, cuya inocencia sostienen, la resolución del juez a-quo es nula además por carecer de motivación, en violación al artículo 24 del Código procesal Penal (CPP); es desproporcionada y contiene falsedades, entre otras violaciones a la Constitución y a normas jurídicas.
Según la defensa de Díaz Rúa, “más del 90% del contenido de la resolución es lo que dijeron las partes en el proceso; un 10% o 15% son fórmulas genérica y desde la página 1 a la 19 son motivaciones de lo que dijo el procurador general”.
Ilegalidad de arrestos. Señalaron que los arrestos fueron hechos violando el artículo 95 del CPP, numerales 1, 2, 3 y 8, lo cual nunca ha sido objetado por el MP.
“El arresto se ejecutó antes de las 7:30 de la mañana del 29 de mayo. Se presenta el Ministerio Público con esta gente encapuchada y armada a hacer el arresto; era un asunto confidencial pero dentro de la residencia habían cámaras; las exposiciones (a la prensa) fueron antes de ser presentados ante las autoridades judiciales, violando derechos fundamentales, específicamente la dignidad”, dijo la defensa de Montás.

También se violó el artículo 284 del CPP, que impide al juez dictar orden de arresto sin la celebración de una audiencia previa, argumentaron los abogados de Bautista, a quien el tribunal le rechazó el único incidente planteado durante el proceso.
Se trató de la solicitud del abogado Carlos Salcedo para que el tribunal ordenara la libertad de Bautista desde la sala de audiencia, alegando que el mismo no estaba sujeto a ninguna medida de coerción, en virtud del vencimiento del plazo de 48 horas para la fijación de audiencia establecido en los artículos 144 y 153 del CPP, para conocer el recurso de apelación interpuesto por su defendido.
Pedimentos. En las conclusiones, la defensa de Bautista pidió disponer la libertad pura, simple e inmediata, por no concurrir todas las circunstancias previstas en el artículo 227 del CPP para la imposición de medida de coerción.
Pero además, solicitaron que en el hipotético caso de que esas peticiones sean rechazadas, le sea variada la medida de prisión preventiva y en cambio el imputado se someta al cuidado y vigilancia de un garante, la presentación periódica ante un juez o autoridad o la prohibición de salir del país sin autorización judicial.
Los abogados de Díaz Rúa, de su lado, pidieron ordenar su libertad pura y simple, bajo la promesa de que comparecerá al proceso cuando sea requerido o en su defecto ordenar la variación de la actual medida de coerción por una menos gravosa.
Igual pedimento hicieron los abogados de Máximo De Óleo, quienes solicitaron libertad pura y simple y que en hipotético caso de que sea rechazada le sea impuesta una medida menos gravosa que la actual.
Mientras que la defensa de Ruddy González requirió el descargo puro y simple y que de manera subsidiaria, se le imponga la que dispone el artículos 226, numeral 4, y ordinal 2, consistente en impedimento de salida. En tanto, los abogados de Temístocles Montás pidieron declarar nulo el proceso, por entender que fue violado el debido proceso en lo que respecta al derecho de defensa, a la dignidad de la persona y la presunción de inocencia.
Además rechazar la solicitud de medida de coerción incoada por el procurador general en contra de Montás, por no encontrarse reunidos los presupuestos necesarios para su coerción y ordenar su libertad inmediata.
En caso de que los anteriores pedimentos sea rechazados, la defensa pidió le sea impuesta otras medidas de coerción menos gravosas y su exclusión como imputado en el expediente de los sobornos pagados por Odebrecht.
Los abogados de Pacheco pidieron le sea retirado el impedimento de salida, alegando que su defendido no tiene intención de retraerse del proceso, ya que tiene suficiente arraigo en el país.
Citaron como ejemplo sus ocho hijos, su madre y sus hermanos, además de su esposa que es vicealcaldesa del Distrito Nacional y con la que tiene más de veinte años de matrimonio.
Reclamos. Decenas de personas procedentes de Samaná, Hato Mayor, El Seibo y Monte Cristi, se apostaron frente a la SCJ a respaldar a Montás y a Bautista, a quienes calificaron de honestos y serios. Portando pancartas, los manifestantes reclamaron su libertad y obligaron que fuera reforzada la seguridad del edificio.

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