El secretario del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Charlie Mariotti ofreció unas declaraciones sobre resolución de la Junta Central Electoral (JCE) emitió ayer que establece las regulares en el período previo a la inicio de la precampaña en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos.
Mariotti afirmó este martes que durante una reunió con representantes de la JCE se acordó trabajar una resolución, la cual fue emitida y está siendo objeto de estudio.
Afirmó que el PLD le aclaró es el partido mayoritario de oposición y que no tiene candidatos establecidos, sino que se mantienen en coordinación con la propia JCE.
Dijo también que la decisión no le afecta al PLD.
«El PLD no se da por aludido. Todo lo contrario, el PLD ha dejado de manera claramente establecido no tenemos candidatos oficiales establecidos. (…) Lo que estamos es buscando coordinando con la Junta Central Electoral», precisó.
Sobre el proselitismo en las redes sociales, Mariotti dijo que «con eso no hay manera», pese a que la resolución tiene algunos aspectos sobre los cuales no quiso hacer referencia.
La resolución de la JCE
La JCE emitió ayer la resolución No. 28/202, con la cual establece las regulares en el período previo a la inicio de la precampaña en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, de cara a las elecciones internas previstas para celebrarse en el 2023.
En ese sentido, la JCE precisa que en el período previo al de campaña que abarca desde la entrada en vigencia de esa resolución hasta el domingo 2 de julio de 2023, fecha fijada por ley para la precampaña, los militantes de partidos podrán manifestar a lo interno sus aspiraciones a una candidatura o puesto de lección.
Video con lo que dijo:
Además, entre los deberes de los aspirantes resalta respetar la paz y el sosiego de la población dominicana, evitando alteración del orden público en las actividades que realizan en el interior de las organizaciones políticas a las que pertenecen;
Además, orientar e instruir a sus seguidores respecto a la observancia y cumplimiento de las prohibiciones que se indican en la presente en dicha resolución.