El Código Penal sancionará infractor que drogue a su víctima o quiera desalojarla
La reforma del Código Penal que se conoce en la Cámara de Diputados plantea elevar hasta 40 años la prisión para el crimen de violencia doméstica o intrafamiliar, en los casos que el verdugo provoque la muerte de la mujer.
La violencia de género, con sufrimiento físico, sexual o sicológico a la mujer o al hombre; mediante violencia económica, patrimonial, verbal, intimidación o persecución, será sancionada de cuatro a 10 años de prisión, y multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público.
El artículo 122 del proyecto de Código Penal establece que las sanciones por violencia doméstica o intrafamiliar aumentarán cuando la infracción que el hombre le cause a una mujer sea de daños corporales o sicológicos. El imputado recibirá de 30 a 40 años de prisión y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público, cuando la mujer sea asesinada en esta circunstancia.
La condena oscilará de 20 a 30 años, con multa de 20 a 30 salarios mínimos del sector público, cuando se determine que el ataque contra la mujer le causó una lesión o incapacidad permanente. Como nuevo el código prevé no dejar ningún daño que se le cause a una mujer sin castigo, si el infractor de violencia de género le ocasiona a su víctima una lesión o una incapacidad que le perdure por un período de más de 90 días, se expone a sufrir una sentencia de 10 a 20 años prisión mayor. La multa rondará entre los 10 y 20 salarios mínimos del sector público.
Otras infracciones por violencia doméstica o intrafamiliar, dispone sanciones de 10 a 20 años de prisión y pagar multas de 10 a 20 salarios mínimos del sector público, dentro de las que figura provocar daño corporal, portar arma al cometer el hecho y la intención de matar.