¡Viva la Patria!

¡Viva la Patria!

Mientras el subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental de los Estados Unidos, el ciudadano estadounidense de origen mexicano Roger Noriega, pronunciaba un discurso en una reunión conjunta del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, vale decir ante la Asamblea Nacional, se oyó un ¡Viva la Patria! como para dejar sentado el hecho de que por lo menos uno de los legisladores presentes en ese acto todavía cree que la República Dominicana es un país libre e independiente y no una colonia de los Estados Unidos.[tend]

¡Qué vergüenza que un hecho como ése ocurra a loas 159 años de haberse declarado la Independencia de la República y a los 140 años de iniciada la Guerra de la Restauración!

Cómo es que los señores senadores y diputados permitieron que un funcionario de segunda categoría de un país extranjero pronunciara un discurso ante la Asamblea Nacional para decirles, y decirnos, lo que ellos, y nosotros, tienen que hacer para encarar los problemas que afectan a la nación dominicana.

Poco faltó para que al señor Noriega se le rindieran honores de estilo a su llegada y salida del Congreso Nacional.

Si los señores diputados y senadores deseaban recibir instrucciones del señor Noriega, ¿por qué no lo invitaron a almorzar a un restaurante de la zona colonial?

¿Por qué los elegidos para representarnos tuvieron que escoger el augusto salón donde se reúne la Asamblea Nacional para recibir instrucciones de un funcionarios de un gobierno extranjero?

Que conste, que con la excepción de la permanencia por más tiempo de tropas dominicanas en Irak, este redactor está de acuerdo con los pronunciamientos del señor Noriega. Pero, no podemos demostrarnos indiferente ante el hecho de que se reuniera la Asamblea Nacional para escuchar las sugerencias y recomendaciones de un subsecretario de Estado estadounidense.

Después de la visita del señor Noriega es de esperarse que el presidente Mejía, para mostrarse más complaciente con el gobierno de los Estados Unidos que lo que hasta ahora ha sido, prevea, para febrero del año entrante, el relevo y no la traída definitiva de los 300 soldados dominicanos que actualmente se encuentran en Irak sirviéndole de comparsa a los ejércitos de ocupación de Estados Unidos, Inglaterra y España.

El mismo día en que el señor Noriega habló ante la Asamblea Nacional, este redactor pasó por el Archivo General de la Nación y tubo la ocasión de tener en sus manos dos importantes documentos históricos: un ejemplar impreso de la Primera Constitución de la República, la promulgada en la ciudad de San Cristóbal, el 6 de Noviembre de 1844; y el manuscrito original de la Constitución de Moca, proclamada el 19 de febrero de 1858.

Debe ser motivo de reflexión el hecho de que los dominicanos hayamos perdido tanto en materia de preservación de nuestros territorios y en apego a la patria que nos vio nacer.

En múltiples aspectos, la Constitución dominicana de 1844 y la de Moca de 1858 son mucho más adelantadas que la que tenemos hoy.

El artículo 3, del Título II de la Constitución de la República de 1844, referente al territorio dominicano y a sus límites, dice lo siguiente: «Los límites de la República Dominicana son los mismos que en 1793 la dividían por el lado del Occidente de la parte francesa, y estos límites quedan definitivamente fijados».

La batalla diplomática con el vecino Haití por cuestiones que tenían que ver con el establecimiento de límites que separan la República Dominicana de Haití se inició en 1875 y concluyó 1936 cuando el presidente Trujillo consintió que los haitianos continuaran ocupando territorios del lado dominicano, los mismos territorios que habían ocupado antes en desconocimiento al Tratado de Aranjuez.

La Constitución del 1844 establece de manera clara y precisa quienes son dominicanos y quienes no.

Pero, la Constitución por la cual nos regimos hoy no precisa sí los hijos de los ilegales haitianos nacidos aquí son o no dominicanos.

El artículo 17 del Capítulo II de la Constitución de 1844, referente a los derechos y deberes de los dominicanos expresa que: «Fuera del caso de in fraganti delito, ningún dominicano puede ser encarcelado sino en virtud de una orden motivada del juez que debe notificarse en el momento del arresto, o a lo más tarde dentro del término de veinticuatro horas».

El artículo 18 de la Constitución de 1844 dice que: «Los sorprendidos en in fraganti serán llevados ante un juez competente, y si fuera en la noche, se llenará la formalidad a las seis de la mañana del siguiente día, sin que puedan ser presentados ante ninguna otra autoridad».

Hace sólo unos días que los honorables magistrados que integran nuestra Suprema Corte de Justicia tuvieron a bien tomar las iniciativas de evitar que ningún dominicano fuera enviado a prisión sin que mediara el dictamen de un juez.

Mientras los jueces de la Suprema Corte de Justicia se preocupan por preservar los derechos de los dominicanos, los de la fuerza del orden hacen de la suya. En lo que va del año, aquí han muerto más de 200 personas en ejecuciones extrajudiciales.

Los políticos dominicanos deberíamos hacer más y comportarnos mejor para merecernos la patria que nos legara Duarte, Sánchez, Mella y Luperón.

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