Xenofobia, racismo e interés nacional, a propósito de una decisión infortunada del TC

Xenofobia, racismo e interés nacional, a propósito de una decisión infortunada del TC

– 2 de 3 –

La sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC) trata de sepultar bajo una montaña de 147 páginas, llena de medias verdades, citas improcedentes y argumentaciones procedimentales, la realidad del genocidio civil de lesa humanidad que se quiere cometer en nombre del nacionalismo.

Lo que estableció la Constitución desde el 1929 fue la excepción en el reconocimiento de la nacionalidad por “jus soli”, a hijos de extranjeros diplomáticos o en tránsito, nada más. No hay manera de asimilar el concepto de “tránsito” (o transeúnte) a inmigrantes indocumentados. La lógica elemental y el diccionario de la Real Academia no lo permiten. Desde Haití el único tránsito posible sería hacia el mar, quizás para dialogar con los tiburones…

Es un hecho incontrovertible que se ha estado produciendo un desplazamiento demográfico masivo: los haitianos hacia República Dominicana, que deprimen los salarios por ese “ejército industrial de reserva”, mientras los dominicanos emigran hacia los Estados Unidos con pingües beneficios para traficantes, empleadores y autoridades civiles y militares.

De las principales fuentes de empleo del país: agropecuaria, construcción, manufactura, turismo y comercio informal, la mano de obra haitiana sustituye a pasos agigantados a la dominicana, y los sindicatos dominicanos, en lugar de como en otro países, ser defensores de sus empleos, se hacen por lo general de la vista gorda.

Cuando estuve dirigiendo el desaparecido Consejo Nacional de Reforma del Estado (CONARE), formulamos en 2001 un proyecto de Constitución, luego refrendado en un 95% por una Comisión Especial altamente representativa, con los principales partidos y organizaciones de la sociedad civil, éste proponía lo que se consignó por fin en la Constitución del 2010, es decir excluir también a los hijos de residentes ilegales, pero en lo adelante.

También recomendé en mi columna de “Hoy” desarrollar una política responsable sobre el empleo nacional y de asimilación de los dominicos haitianos ya dominicanos legales por nacimiento, mediante la eliminación de guetos en el campo y la ciudad, como los viejos bateyes, y promover la cultura dominicana.

Pero declarar a integrantes de cuatro generaciones de descendientes de haitianos (84 años), es una violación elemental de los derechos humanos, y extorsionar a personas que ya son dominicanos documentados a aceptar que son haitianos so pena de ser perseguidos como inmigrantes indocumentados, es una vergüenza para el país, que atenta flagrantemente contra el numeral 2 del mismo Artículo 18. Lo demás es pura jerigonza patriotera con claro sabor a racismo.

La Corte Europea de Derechos Humanos de Estrasburgo, en una decisión casi simultánea con la del TC, declaró inamisible que se le aplicara, nada menos que a miembros de la ETA condenados por genocidio, la llamada “Doctrina Parot”, que hacía retroactiva una legislación que en la práctica les aumentaba las penas, por lo que están quedando libres quienes habían cumplido su condena de acuerdo a la anterior legislación. Imagínense cómo sería para los casos de personas que no fueron responsables de la inmigración ilegal de sus padres.

Mientras tanto, la gran masa de indocumentados haitianos sigue fluyendo casi libremente, mientras se penaliza a los hijos de los ya arraigados y provistos de documentos, que son los menos.

Cosas veredes, Sancho! …

 

Publicaciones Relacionadas

Más leídas