El caso Calamar, como ha denominado el Ministerio Público, un presunto entramado de corrupción que distrajo a los contribuyentes más de 19 mil millones de pesos, pica y se extiende.
Aunque en principio, en los documentos de los allanamientos y arrestos sólo mencionaban exfuncionarios del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ahora han salido a la luz al menos dos nombres de dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Se trata del diputado Sergio Moya, conocido como “Goris” Moya, y de Mérido Torres, director de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT), cuyos nombres figuran en el acta de interrogatorio y en el expediente del caso Operación Calamar, respectivamente.
En el caso de Goris Moya, su nombre ha sido mencionado por al menos cuatro delatores, quienes responsabilizan a este diputado del PRM de coordinar uno de los esquemas de extorsión a las bancas de lotería, que junto a casinos y colmadones representan una de las modalidades de corrupción y soborno que dice el Ministerio Público funcionó en este caso.
Se trata de Fernando Crisóstomo, Ramón Emilio Jiménez Collie, Frixo Mesina y José Arturo Ureña y Arvelo, quienes acusan al diputado Goris Moya de servir de enlace entre las bancas ilegales, que pagaban sobornos para que les dejarán operar, y los funcionarios de Hacienda que por esta vía recolectaron miles de millones de pesos.
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Mientras, que en el caso de Mérido Torres, según la solicitud de medidas de coerción del caso Calamar, específicamente en las páginas 149, 152 y 153, el actual director de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado, es el «supuesto propietario» junto a otras personas de una porción de terreno en la parcela 613, del Distrito Catastral número 32, municipio de Boca Chica, provincia de Santo Domingo; amparada en el certificado de título 46572, con una extensión superficial de 168,966.00 metros cuadrados, expropiada mediante el decreto núm. 1159, de fecha diecinueve (19) de septiembre del año 1955.
No obstante, hace meses que Torres explicó en la opinión pública que esto no tiene nada que ver con la institución que actualmente dirige, pues son expedientes llevados en su condición de abogado desde su oficina privada, y antes de asumir la función pública que hoy desempeña.
“Yo Mérido Torres, como abogado, recibí en el 2018 en mi oficina privada a los familiares del señor Moisés Reyes O Ben y estos me otorgaron un poder con el que iniciamos una demanda en justiprecio contra del Estado Dominicano por ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), y a finales del 2019 logramos una sentencia que ordenó el pago a esa familia”, concluyó en una rueda de prensa de agosto 2022.
Operación Calamar
El expediente acusatorio del Ministerio Público posee más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los miembros de esta red sustrajeron más de 17 mil millones de pesos al Estado, los cuales sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas totalizan más de 19 mil millones.
Entre los que los imputados por el órgano de justicia se encuentran, el exministro de Hacienda, Donald Guerrero; ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta; exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo; ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.
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Asimismo, están arrestados Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.
La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.
También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.