A prisión hombres habrían intervenido en asesinato de joven mormona en La Romana

A prisión hombres habrían intervenido en asesinato de joven mormona en La Romana

 

La Romana. El juez Abraham Nicolás Severino Saldívar  impuso prisión preventiva de seis meses contra los nombrados Héctor Manuel Guzmán (a) Cabito, Wilson Mesenne  Ventura (A) Guayubin y Omar Campechano(A) Eliseo, por estar  presuntamente implicados en el rapto y posterior  descuartizamiento de la Joven Oveida Paulino, cuyos supuestos restos fueron hallados sin pies, manos ni cabeza por un nacional haitiano en un solar baldío en el sector Reparto Torres de esta ciudad de La Romana.

El fiscal Víctor Ramón Camacho Padua, quien representó al Ministerio Público, manifestó que los mismos fueron apresados luego de labores de inteligencia y rastreo que fueron realizados de manera conjunta por el Ministerio Público y la Policía Nacional en donde se determinó que el teléfono celular marca alcatel que pertenecía a la occisa, fue activado nueva vez a nombre de  Héctor Manuel Guzmán (a) Cabito y que dicho teléfono fue vendido posteriormente por el nombrado Wilson Mesenne  Ventura, al nombrado  Omar Campechano(A) Eliseo, quien posteriormente se lo vendió a un tal Edward, quien se encuentra prófugo.

El fiscal sostuvo que desde el numero de teléfono del nombrado Héctor Manuel Guzmán (a) Cabito, entraron varias llamadas telefónicas al teléfono de la occisa durante el periodo en que la misma estuvo desaparecida, por lo que hay fuertes indicios que lo vinculan a la desaparición de ésta.

Afirma el nombrado Lenin Cedano Rijo, que el hoy prófugo trabaja en una panadería de su propiedad en el sector Picapiedra desde donde este introdujo su número al celular de la desaparecida.

El Ministerio Público que dirige la Fiscal Reina Yaniris Rodriguez Cedeño, solicitó al juez de atención permanente de este distrito judicial impusiera contra los ya nombrados Héctor Manuel Guzman (a) Cabito, Wilson Mesenne  Ventura (A) Guayubín y Omar Campechano(A) Eliseo la medida de coerción consistente en seis meses de prisión preventiva, por haber violado éstos lo estipulado en el artículo 295 del Código Penal dominicano que tipifica y sanciona el homicidio voluntario.

La medida impuesta debe ser cumplida en el centro de corrección y rehabilitación Cucama de esta ciudad.

 

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