ANJE insta a cumplir con la Ley 87-01 construcción

ANJE insta a cumplir con la Ley 87-01  construcción

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) promovió la necesidad de que el Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons), creado mediante la Ley No. 6-86, que impone una contribución de un 1% del valor de la obra para la creación del Fondo Común de Servicios Sociales, Pensiones y Jubilaciones a los Trabajadores Sindicalizados del Área de la Construcción y afines, se ajuste a las disposiciones de la Ley 87-01 que instituye el Sistema Dominicano de Seguridad Social y sus normas complementarias.

ANJE consideró que la Ley 6-86 contiene vicios de inconstitucionalidad porque la misma crea un sistema de doble cotización y no tiene un carácter universal en sus beneficiarios, ya que todos los trabajadores del área de la construcción deben contribuir al fondo (Artículo 2 de la Ley 6-86), pero sólo son beneficiados los trabajadores que están sindicalizados, violando sus disposiciones de los artículos 39.1, 40.15, 47 y 62.7 de la actual Constitución. Dicho Fondo no cumple con las disposiciones de la Ley 87-01.

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