La Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme) propone que la cesantía tenga un tope en el tiempo, tomando en cuenta el tamaño y naturaleza de las empresas.
El presidente de la entidad, Issaachart Burgos, afirmó que la cesantía no debe ser indefinida, sino tomar los promedios que puede durar una persona en un empleo y en base a eso ponerle un tope o máximo a a ese beneficio.
“Si se limita la cesantía en el tiempo se podría tener mejores salarios, porque este pasivo laboral se reduce y esto debe transmitirse en beneficios directos a los trabajadores en sus salarios”, destacó.
Burgos ofreció estos detalles al participar en el Encuentro Económico junto a Aarón David, presidente de la Unión de Medianos y Pequeños Industriales de la Harina (UMPIH); Luisa María de Aquino, presidenta de la Federación de Mujeres Empresarias (FEM); Manuel Ortiz, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes y Empresarios de la República Dominicana (Fenacerd), y Andrés Marcionilo Castillo, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes Detallistas de Provisiones (Fenacodep).
Destacó que nunca van a pedir que se elimine la cesantía ni que se irrespeten los derechos adquiridos de los trabajadores actuales, sino que este tope a la cesantía sea para los nuevos trabajadores o que se sustituya por otro mecanismo que no limite el desarrollo de las Mipyme, que son el 97% de las empresas.
El dirigente empresarial considera que se hace necesaria la reforma del Código de Trabajo, porque esa normativa data de 1992, cuando fue estructurada para empresas grandes, por lo que para el sector es fundamental la reforma para seguir el proceso de formalización.
Explicó que el Código no contempla la clasificación empresarial, la cual debe ser parte de la revisión de la normativa, con el propósito de que las empresas paguen sus obligaciones en función de su tamaño.
Destacó que la entidad aboga por el cumplimiento de la clasificación de las empresas que vienen abogando desde la Ley No. 488-08, que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) y que fue modificada por la Ley 187-17, que establece una clasificación de las mismas.
Explicó que la ley 187-17 elimina la clasificación de las empresas tomando en cuenta sus activos, y establece que una microempresa es aquella compuesta por 1 hasta 10 empleados, con ventas anuales hasta RD$8.0 millones.
Por otro lado, una pequeña empresa, que según la ley 187-17, está compuesta por 11 hasta 50 empleados, y con ventas anuales entre RD$8,000,000.00 hasta RD$54,000,000.00, y la mediana empresa, aquella que según la nueva ley 187-17, está compuesta por más de 50 empleados hasta 150 y con ventas anuales superiores a RD$54.0 millones y menores a RD$202,000,000.00.