El Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (Crees) considera que es un contrasentido que en el país se aplique el Impuesto Selectivo al Consumo a artículos como acondicionadores de aire, televisores, calentadores, cámaras y muchos otros, ya que su consumo lleva a elevar la calidad de vida de las personas.
En un artículo publicado en su portal, calzado con la firma de su economista senior Miguel Collado Di Franco, la Crees considera que la aplicación del Selectivo a ese tipo de artículos colide con la norma más aceptada dentro de la teoría económica, que es la de no aplicar el gravamen a arículos cuyo consumo lleva a elevar la calidad de vida de las personas.
“Dicho en términos económicos, su consumo contribuye a maximizar el bienestar de los individuos, y no se asocian efectos negativos sobre otras personas”, explicó el CREES.
En adición, dice que “no hay ningún argumento que justifique aplicar impuestos selectivos sobre bienes como los mencionados” y que “su presencia ocasiona distorsiones en la economía y fomenta discrecionalidad en su administración”.
El Crees explica que “cuando un impuesto presenta tasas que discriminan entre diferentes bienes, su aplicación viola un principio fundamental de tributación para el buen funcionamiento de una economía: no fomentar distorsiones dentro de la misma”.
Agregó que “las distorsiones se producen por la existencia de bienes exentos, y de un grupo particular de bienes que está gravado con cuatro tasas diferentes. Como consecuencia de tasas altas y discriminatorias, las personas toman decisiones que no guardan relación con las que preferirían si no existiera el gravamen. De forma más clara, los impuestos inciden en las decisiones de compra de las personas, al alterar los precios relativos de los bienes”.
Explicó que “en lugar de las personas optar, de forma estricta, por productos que les proporcionan mayor valor en relación a lo que costó producir los mismos, sus decisiones están determinadas por la distorsión que introduce el impuesto”.
“El otro elemento de las tasas diferenciadas, y la discriminación en su aplicación, es la discrecionalidad. En la actualidad, no todos los electrodomésticos, por citar solo uno de los grupos de bienes gravados, deben pagar impuestos selectivos”, indicó.
Explicó que “esto implica que el tratamiento diferenciado de los bienes incide sobre la administración tributaria y sobre el interés que alguien pudiera querer tener para que su producto, producido localmente o importado, reciba un tratamiento distinto al que la ley le da en la actualidad”. La derogación de estos impuestos selectivos evitaría la discrecionalidad.