Desde siempre en todos los países se han hecho leyes de incentivos para estimular la producción porque la economía es mas importante que la recaudación.
Se ha hecho de dos maneras fundamentalmente: dejando fuera de los gravámenes a ciertas actividades o creando nuevas leyes de incentivos mediante las exoneraciones. Recordamos la época de 1966 cuando se crearon varias leyes de este género y se hacían para deducir los montos exonerados de la renta neta imponible o permitiendo la deducción de la depreciación por encima de lo previsto en las leyes impositivas que los gravaba lo cual era perfectamente correcto hasta que mediante la Ley No. 557/05 se creó el impuesto sobre los activos que establece que el monto liquidado por concepto de este impuesto se considerará un crédito contra el impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal declarado; agrega que si el monto liquidado por concepto del impuesto sobre la renta fuese igual o superior al impuesto sobre activos se considerara extinguida la obligación de pago de este nuevo tributo.
Es importante destacar que también dispone que si de este crédito resulta una diferencia a pagar del impuesto sobre los activos el monto a pagar se dividirá en dos pagos.
Por lo tanto cuando el impuesto sobre la renta es mayor que el de activos se paga el impuesto sobre la renta y cuando el de activos es mayor se paga el de activos con el procedimiento de pagar solo la diferencia, manteniendo el pago total del impuesto sobre la renta facilitando la operación puesto que de este ya se han pagado anticipos y quizás también haya otros pagos deducibles autorizados por la Administración Tributaria.
En los casos que se disminuya del impuesto sobre la renta ya sea deduciendo gastos o exoneraciones que inciden sobre la renta imponible y por lo tanto que baje el impuesto liquidado y como el impuesto a los activos está interrelacionado con el de la renta podría anularse el incentivo concedido.
En muchos casos hemos visto que así ha sucedido, ya que se debe pagar en cumplimiento de estas últimas disposiciones legales la ley de impuesto sobre los activos.
Por esta razón es bueno precisar que en todas las leyes de incentivos hechas reduciendo a través de exoneraciones la renta bruta imponible se anula el objetivo y por lo tanto el bien que se pretendía hacer al país se convierte en falacia.