La Tesorería Nacional informó hoy que suman ocho mil 268 las declaraciones juradas de bienes de funcionarios del gobierno entregadas por la Tesorería Nacional a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD).
De acuerdo con el tesorero nacional, Alberto Perdomo Piña, de estas declaraciones juradas 588 corresponden a funcionarios designados por el presidente de la República, Danilo Medina, a partir del 16 de agosto del 2012.
«De esa cantidad, 863 corresponden a procuradores y fiscales, 22 a jefes militares y 62 a ex funcionarios, dijo Perdomo Piña según una nota de prensa enviada a este medio.
Entrega. Los documentos que contienen las declaraciones juradas de los funcionarios fueron entregadas por Perdomo Piña a la doctora Licelotte Marte de Barrios, presidenta de la CCRD, en un acto realizado en la sede de ese organismo y al que asistieron representantes de la sociedad civil.
Con la entrega de las declaraciones juradas de bienes la Tesorería Nacional se acoge al mandato de la Ley 311-14 del 8 de agosto del 2014 que estable en su artículo 4to que ese organismo será el responsable de la custodia, control y fiscalización de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos.
Las declaraciones juradas fueron entregadas en 39 cajas a la CCRD que estaban depositadas en la Tesorería Nacional, amparadas bajo la antigua ley 82-79 del 16 de diciembre de 1979 y datan desde el año 2000 hasta la fecha. La ley facultaba a la Tesorería Nacional a mantener bajo custodia las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos. Dicha ley quedó derogada con la 311-14.
«Los funcionarios que están obligados a presentar sus declaraciones juradas de bienes son el Presidente y vicepresidente de la República; los senadores y diputados; los Ministros, viceministros, el tesorero nacional, el gobernador y vicegobernador del Banco Central, los administradores y gerentes de bancos estatales, los síndicos, regidores y tesoreros municipales», agrega el documento.
Asimismo, explica que todos los jueces, miembros del Ministerio Público y de la Cámara de Cuentas; los administradores, sub administradores generales, directores y sub directores generales; gobernadores provinciales, colectores de rentas internas y aduanas, entre otros.