Vencido el plazo para la inscripción de candidaturas para las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del próximo 15 de mayo, el Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó ayer pendiente de conocimiento 20 recursos, que podrían variar la composición de la boleta electoral de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Moderno (PRM), Reformista Social Cristiano (PRSC) y Demócrata Popular (PDP).
Entre esos recursos está una objeción a que la Junta Central Electoral (JCE) inscriba la candidatura del presidente Danilo Medina en la casilla número 20, que corresponde al Partido Demócrata Popular (PDP), ni las de los candidatos a diputados de ultramar y al Parlamento Centroamericano (Parlacen).
Dicha demanda fue interpuesta por Claudio José Núñez Jiménez, Frank Félix Abreu, Alexis Ramírez, Reyes Charles de la Rosa, Ramón Antonio Abreu, Ángel Custodios Ramírez y Ricardo Reyes Núñez.
Los rechazos . Ayer el pleno de jueces del TSE rechazó una excepción de inconstitucionalidad planteada por un grupo de peledeístas encabezados por Juan Gildo Franco, contra las primarias internas del PLD en los Distritos Electorales 1, 2 y 3 del municipio de Santiago-Hato del Yaque, Santiago-La Canela, Santiago, y San José de las Matas.
También la excepción de inconstitucionalidad propuesta por Ernesto Antonio Bussi y otros peledeístas, contra el artículo 11 del reglamento para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el período 2016-2020,
Declaró inadmisibles. Sendas acciones de amparo incoadas por Marcos Paulino Grullón y Rafael Tejada Morán, contra la Junta Electoral del municipio de Cotuí; declara inadmisible, por ser notoriamente improcedente, la presente acción de amparo, incoada por Marcos Paulino Grullón y Rafael Tejada Morán, del PRM, contra la Junta Electoral del municipio de Cotuí; y otra interpuesta por Julio César Valdez Toribio, contra el PLD, su presidente, Leonel Antonio Fernández Reyna, y de la comisión del congreso elector.
También la demanda en corrección o nulidad de acta de elección, incoada el 10 de febrero de 2016 por Victoriana Cortorreal Martínez y Teófilo Danilo Pontier Valdez, ambos del PLD.
Archiva. El pleno de jueces del TSE ordenó el archivo definitivo de un amparo preventivo, incoado por Silvestre de Js. Pérez Ventura.
Se reservó fallo. De una demanda en impugnación a la asamblea de delegados para escoger los candidatos de nivel municipal del PRM en el municipio de Bajos de Haina, interpuesta por Manuel Andújar; sobreseyó seis demandas cautelares contra los tres partidos citados y aplazó 11, todas para el día 22.