Para el abogado Félix Portes, reconocido por pertenecer a la defensa de casos penales trascendentales, la decisión de liberar al cantante urbano Antonio Peter de la Rosa a razón de un recurso de Habeas Curpus, podría constituirse en el adefesio «esperpento» jurídico de la década en el país.
Portes, reconocido por su integración a la barra de la defensa de casos trascendentales en el país, fundamentó su opinión en el hecho de que la prisión que guardaba Omega se fundamenta en una decisión de un juez de la Ejecución de la Pena, quien en virtud del artículo 341 del Código Procesal Penal revocó la suspensión de la misma y obligó al cumplimiento íntegro de la sentencia de cinco años previamente impuesta.
En sendos mensajes a través de su cuenta en la red social Twitter, el abogado dijo que con esto no quiere decir que no esté de acuerdo con la libertad otorgada al cantante por la Primera Sala Penal de la provincia Santo Domingo, sino que se basa en lo establecido en la ley.
«Aclaro, que mis tuits de manera alguna significan que NO esté de acuerdo a que se le otorgue la libertad a Omega… son opiniones estrictamente basada en derecho relativa a la vía mediante la cual se otorgó dicha libertad», dijo al referirse al condenado por golpear a su ex pareja y madre de sus hijos.
Portes estableció, además «tres datos sobre la libertad en virtud del Habeas Corpus», el primero de estos que Omega debe ser liberado hoy sin demoras; el segundo que el Ministerio Público podría apelar la libertad, y por último que la decisión dada por el tribunal es contraria a la Constitución y las leyes.
El cantante urbano cumplía cinco años de prisión en la cárcel de La Victoria, luego de violar el acuerdo que le impuso el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional en el año 2016, cuando le dictó la citada condena, suspendida en 4 años y cuatro meses.