Adicción presidencial a la modificación constitucional

Adicción presidencial a la modificación constitucional

Rosario Espinal

Ninguna Constitución es perfecta y quienes se interesan por estos temas difieren sobre los beneficios y perjuicios de tal o cual disposición. De ahí que lo mejor es modificar poco la Constitución para que se arraigue, aunque el constitucionalismo contemporáneo enfatice el carácter viviente del texto constitucional.

Lo dicho anteriormente no significa que me oponga a toda reforma constitucional. Hay momentos en que es necesaria y pertinente. Por ejemplo, en el 1994 se requería una reforma para modernizar la Constitución de Balaguer de 1966, resolver la crisis electoral de aquel año y sacar a Balaguer del poder reduciendo su mandato sin posibilidad de repostularse en el 1996 (esto último fue el motor de la reforma).

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Lamentablemente, en la Constitución de 1994 se estableció la repostulación indefinida no consecutiva que otorgaba solo cuatro años a cada presidente electo, aunque podía postularse posteriormente.

En la tradición continuista dominicana ese sistema estaba destinado a cambiarse, tal cual ocurrió en el 2002, cuando Hipólito Mejía promovió una modificación constitucional para establecer una repostulación inmediata y nunca más.

Este sistema es mejor para enfrentar el caudillismo, pero, lamentablemente, en su reforma constitucional de 2010, Leonel Fernández quiso rehabilitarse y volvió a colocar la repostulación indefinida no consecutiva.

En el 2015, Danilo Medina, no satisfecho con solo cuatro años, volvió a cambiar el sistema de repostulación para presentarse de manera consecutiva en las elecciones del 2016 (o sea, hizo lo mismo que Hipólito Mejía).

Así, los tres primeros presidentes de este Siglo XXI modificaron la Constitución Dominicana. La de Leonel Fernández fue una reforma amplia, pero también para beneficio propio porque modificó el sistema de repostulación, a pesar de tener en su aval tres períodos presidenciales.

Luis Abinader asume la tradición y ya presentó su mini reforma constitucional al Congreso. Incluye más modificaciones que las de Hipólito y Danilo, que solo tocaron el sistema de la repostulación, y menos que la de Leonel Fernández.

La propuesta de Abinader, además de mantener viva la adicción a modificar la Constitución, somete cambios problemáticos. A continuación, tres:

1) El sistema de repostulación no debe establecerse como cláusula pétrea (incambiable) porque no refiere a derechos fundamentales de la ciudadanía ni a la organización del Estado. Si Abinader se retira en el 2028 estaría cumpliendo con el mandato actual sin tocar la Constitución, y así sucesivamente.

2) La unificación de las elecciones que se propone tiene adeptos y adversarios. Ya el país ha probado suerte con la separación y la unificación, y siempre hay quejas porque ningún dispositivo electoral es perfecto.

3) La reducción del número de diputados elegidos por circunscripción y el aumento de los diputados nacionales hará la Cámara de Diputados menos representativa de la ciudadanía y facilitará al partido dominante ganar mayoría. ¡Negativo!

La independencia del Ministerio Público consistirá en que el presidente de la República, en vez de nombrar directamente al procurador/a general, lo hará con el aval del Consejo Nacional de la Magistratura, que ya no tendrá entre sus miembros al procurador/a.

Ahora viene el escarceo político, so pena.

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