Antipulpo: A seis meses y 10 días, sin juicio preliminar

Antipulpo: A seis meses y 10 días, sin juicio preliminar

Esta es la quinta ocasión en que el inicio del juicio preliminar contra los 27 acusados es aplazado.

Pasados seis meses y 10 días de que el Ministerio Público sometiera acusación formal contra los imputados en el caso de corrupción denominado Antipulpo, no ha podido dar inicio a la lectura del voluminoso expediente de unas 3,500 páginas ante el juez del sexto juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, debido a los incidentes presentados por las partes.

Ayer, el magistrado Delbys Timoteo Peguero, quien preside el tribunal, además de aplazar la audiencia hasta el primero de agosto, revocó una decisión del MP que declaró inadmisible una instancia en la que la Fundación Nóbel se constituye como querellante y actor civil en el caso.

Esta es la quinta ocasión en que el inicio del juicio preliminar contra los 27 acusados de conformar una supuesta red para estafar al Estado dominicano, y cuyo cabecilla sería Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, es aplazado.

Las demandas son básicamente las mismas: las defensas reclaman que el MP les complete las pruebas que están en un disco duro que no se pudo abrir; que se repongan plazos para poder estudiarlas y preparar sus medios de defensa.

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Los cambios de abogados por parte de algunos imputados también ha sido una excusa para solicitar el aplazamiento del juicio.

El MP, de su lado, ha solicitado al tribunal declarar en rebeldía a los imputados Paola Molina Suazo, quien se encuentra en licencia post parto; y Carlos Monte de Oca.

El tribunal, además del aplazamiento ordenó que en los centros penitenciarios donde guardan prisión preventiva varios de los imputados, se habilite tecnología para que estos puedan tener acceso a todas la documentación, incluidas las pruebas que en su contra ha depositado el MP.

MP objeta objeción

Mirna Ortiz, encargada de Litigación de la Procuraduría Anticorrupción (Pepca), defendió el rechazo del Ministerio Público a la querella de la Fundación Nóbel, aduciendo que no era necesario que en el caso Antipulpo una entidad, asociación o persona “que no representa a la colectividad del Estado dominicano”, se constituya y mucho menos pretenda ser resarcido de un daño que no ha justificado que de manera directa se le ha ocasionado, además de que no aportan ni en los hechos ni en las pruebas, elemento alguno que coadyuve al MP en la persecución de los ilícitos penales.

Eso, al margen de que ya el Estado, conforme a lo dispuesto por la norma, designó abogados para recuperar los bienes.

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