Los dos informes especiales colgados por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana en su portal web, señalan en la primera de tres recomendaciones gestionar la recuperación de los montos erogados de forma “injustificada”.
Dicha observación aplica tanto para la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), así como para el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI).
La Cámara de Cuentas emite las recomendaciones en virtud de lo establecido en el Artículo 248 de la Constitución Dominicana sobre Control Externo y la Ley 10-04 del año 2004.
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Recomendaciones
- La máxima autoridad debe gestionar la recuperación de los montos erogados sin la documentación justificativa.
- La máxima autoridad de la entidad ejecutora tiene la responsabilidad de observar y dar cumplimiento a la legislación vigente; relativa a la administración de los recursos, bienes y actividades.
- Disponer la elaboración de un Plan de Acción Correctivo para adoptar e implementar las medidas necesarias para mantener un control efectivo; tomando en consideración las observaciones y recomendaciones que se incluyen en este informe final, remitiendo un informe a la Cámara de Cuentas de la República, en un plazo no mayor de noventa (90) días, contados a partir de la fecha del recibo oficial de este informe final, sobre el nivel de cumplimiento de estas recomendaciones, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 39, de la Ley No. 10-04 de la Cámara de Cuentas, del 20 de enero de 2004, y en el Artículo 45 del Reglamento No. 06-04 de aplicación de la misma.
Llama la atención
Entre las recomendaciones emitidas por la Cámara de Cuentas para supuestamente mejorar la gestión financiera y administrativa de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) llama la atención que no hubo variación en ninguno de los tres aspectos.
En ambos casos, aa investigación especial realizada por la Cámara de Cuentas ha sido por solicitud de la Procuraduría General de la República (PGR).