La Corte de Apelación del Distrito Nacional fallará este jueves al recurso interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión que descargó al exadministrador de la Lotería Nacional, Luis Maisichell Dicent, principal acusado en la Operación 13.
La decisión en favor de Maisichell Dicent fue tomada por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por Claribel Nivar e integrado por Yissel Soto y Katherine Rubio, alegando que no se presentó pruebas suficientes en su contra, así como del camarógrafo Edison Manuel Perdomo Peralta.
Sin embargo, el órgano persecutor afirmó que las pruebas presentadas «son y han sido suficientes para condenar a los diez acusados».
Además, Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), expresó: “aquí la cuestión no es como esto deja ver al Ministerio Público, aquí la cuestión es preguntarse, era posible la realización de este fraude, sin la participación de Dicent, el tribunal no lo explica, la respuesta de nosotros es no, no era posible a nuestro juicio la realización de un fraude en la Lotería Nacional de esta naturaleza sin la participación de Dicent, por lo que con relación a su descargo, estaremos apelando a partir de cuándo nos sea notificada la sentencia íntegra”, precisó.
Condenados
Las juezas Claribel Nivar, Yissell Soto y Katherine Rubio condenaron a William Lisandro Rosario a siete años de prisión, y a Eladio Batista a seis años, ambos deberán cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, de San Cristóbal.
En tanto que Valentina Rosario, Jonathan Brea, Carlos Beriguete y Felipe Santiago Toribio, quienes admitieron los hechos, fueron condenados a cinco años de reclusión cada uno, tres en los CCR Najayo Mujeres y Najayo Hombres y dos suspendidos.
Miguel Mejía y Rafael Mesa fueron sentenciados a cinco años en la modalidad de pena suspendida.
Mientras que fueron absueltos y se dispuso el cese de la medida de coerción respecto al exadministrador de la Lotería Nacional, Luis Maisichel Dicent, y Edison Peralta, luego de que el tribunal acogiera de manera parcial la solicitud del Ministerio Público.
Dentro de las reglas que deberán cumplir durante el cumplimiento de la pena suspendida, se encuentran: residir en el domicilio acordado con el tribunal y en caso de cambiar el mismo debe de notificarlo, abstenerse de ingerir en exceso bebidas alcohólicas, abstenerse de viajar al extranjero sin previa autorización judicial, aprender una profesión o un oficio que le permita vivir dignamente en la sociedad en coordinación con el juez de Ejecución de la Pena, además de que deberán realizar trabajos comunitarios.
La sentencia advierte que en caso de incumplir las reglas deberán cumplir en prisión la totalidad de la pena.
El tribunal dictó la sentencia condenatoria por violación a varios artículos del Código Penal Dominicano, que sancionan la asociación de malhechores, coalición de funcionarios y prevaricación y la violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
El grupo fue enjuiciado por perpetrar el fraude mediante el sorteo de quinielas fraudulento, celebrado el 1 de mayo de 2021, en perjuicio de la Lotería Nacional y las bancas de apuestas, con un monto que asciende a más de 500 millones de pesos.
En el sorteo se mostró como ganador el bolo número 13.
En el juicio el Ministerio Público aportó más de 200 elementos probatorios, incluyendo pruebas materiales, documentales y periciales, y 26 pruebas testimoniales, que vinculan a los acusados en este proceso.
Igualmente, las declaraciones de culpabilidad de los seis acusados que arribaron a acuerdos con el Ministerio Público, quienes manifestaron, no solamente que ellos participaron en el proceso, sino que los hechos ocurrieron como el Ministerio Público lo describe en la acusación.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 3 de abril de 2023, a partir de las 9:00 de la mañana.
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