Familiares de envejecientes internos en el “Centro de Acogida para Adultos Mayores Los Tulipanes”, denunciaron diversas irregularidades detectadas en las operaciones del lugar.
Las personas manifestaron que sus parientes son víctimas de descuidos, negligencias y maltratos, por lo que el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE) intervendrá los servicios de atención que se ofrecen allí.
El CONAPE indica que mediantesvla Resolución 03/2021 de este martes, emitida por el consejo directivo, aprobó la intervención del centro ubicado en Puerto Plata, por violación a los artículos 33, 34 y 35 de la Ley No. 352-98, de protección a los envejecientes.
“Dicho centro de acogida, registrado como “Centro de Acogida para Adultos Mayores Doctora Zoraida Domínguez, SRL; también violó los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento de aplicación 1372-04 de dicha ley y por demás, no está registrado ni habilitado por CONAPE, como establece este organismo rector para brindar servicios de atención a la población envejeciente”, informó vía un comunicado de prensa.
La dirección ejecutiva del Conape dijo que otorgó un plazo de 15 días laborales para la reubicación de los adultos mayores que se encuentran en el centro.
Agregá que tomó acción, desde que los familiares de las señoras Dulce María Espinal Abreu viuda Bojos y Juana Ángela Castillo, denunciaron, a través de un medio de comunicación, que la administración del Centro de acogida Los Tulipanes cometen atropellos contra sus parientes, provocándoles lesiones físicas y emocionales.
Explicó que una comisión de la Oficina Regional de Santiago del CONAPE, visitó el “Centro de Acogida para Adultos Mayores Doctora Zoraida Domínguez, SRL, el pasado lunes 31 de mayo y realizó un levantamiento de los asuntos pertinentes, a los fines de determinar la situación del lugar.
Senala que el doctor García Ramírez, director ejecutivo del CONAPE, recibió en su despacho a los familiares de las referidas adultas mayores, quienes reiteraron y formalizaron su denuncia ante el Consejo, «que de inmediato seccionó y tomó las medidas que se refieren en este documento, cumpliendo con lo que establece la ley 352-98».
Indica que el Departamento de Supervisión y Evaluación de Centros Geriátricos, comprobó que este Centro de Acogida para Adultos Mayores no está acreditado ni habilitado en el consejo Nacional de la Persona Envejeciente, de manera que operaba sin el registro y autorización que otorga el órgano rector, según lo establece la Ley 352-98.
El artículo 23 de esta Ley, dispone que el CONAPE tiene competencia sobre instituciones públicas y privadas de atención a envejecientes y que estén reconocidas legalmente, mientras que el artículo 30 lo faculta para “Investigar, de oficio o a petición de parte, toda acción u omisión que lesione los derechos de las personas mayores, así como proponer las sanciones correspondientes ante las instancias respectivas”.