Código Penal sancionaría discriminar con prisión

Código Penal sancionaría discriminar con prisión

Cámara de Diputados

La actual comisión especial de senadores que estudia el proyecto de reforma al Código Penal recomienda modificar el artículo 185 para imponerle castigo a las personas que discrimen a otra por cualquier condición, con sanciones que van desde 15 días a un año de prisión y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.

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La decisión adoptada el pasado 3 de junio, para reflejarla en el proyecto de reforma penal que tiene una primera aprobación en el Senado de la República y que se encuentra en una segunda fase de estudio de la comisión especial, plantea que la sanción a la discriminación quede redactada de la siguiente manera:

Artículo 185.– Discriminación. Constituye discriminación el hecho de incurrir en cualquier trato desigual o vejatorio contra una persona física por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal, de conformidad con el artículo 39 de la Constitución, y cualquier otra forma de discriminación, basada en características o condiciones inherentes a la persona”. La sanción abarca la negativa a suministrar a la víctima un bien o un servicio; obstaculizar el ejercicio normal de una actividad económica de la víctima; negarse a contratar a la persona, imponerle sanciones o despedirla.

Además, subordinar el suministro de un bien; negarle el acceso a la educación, la entrada a un establecimiento público, comercial o de espectáculo.

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