El Ministerio de Trabajo, a través del Comité Nacional de Salarios, estableció el aumento de un 15.5 % a la tarifa de salario mínimo en todo el territorio nacional para los trabajadores de la construcción y afines.
El Ministerio de Trabajo tomó la medida amparado en las atribuciones que le confieren los Artículos Nos. 452 al 464 del Código de Trabajo y su Reglamento Interior No. 512, de fecha 10 de diciembre de 1997.
El aumento se dispuso por un acuerdo unánime entre los empleadores y trabajadores, a través del el Comité Nacional de Salarios (CNS) que Preside el Lic. Félix Hidalgo, en una sesión en la que sus integrantes escucharon planteamientos de la Federación Nacional de Trabajadores de la Construcción y las posiciones de los empleadores representados por ACOPROVI y COPARDOM.