Constitución inerte

Constitución inerte

Carmen Imbert Brugal

La respuesta provocó sonrisas, aproveché aquello para titular la columna que publicaba en la prestigiosa revista Rumbo. El humor a veces compensa la derrota, encubre la frustración, cuando al final del túnel la luz es tenue. Todavía no existía la trascendente Constitución del 2010 que, como ha repetido el presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara “representa un salto cuántico para el constitucionalismo dominicano porque rediseña el modelo de Estado para proclamarlo como un Estado Social y Democrático de Derecho”.

¿Qué se conmemora el 6 de noviembre? Fue la pregunta: la inauguración de la carretera – contestó sereno un joven estudiante, residente en San Cristóbal-. Veintiún años después de la respuesta y sin negar los esfuerzos esporádicos para que el texto de la Carta Magna se conozca, cumple años la primera Constitución de la República. Pedro Santana patrocinó su existencia, estuvo pendiente del contenido. El Márquez de Las Carreras exigió tres artículos que le permitirían, gobernar a su antojo. Los artículos 205, 206 y 210, bajo el epígrafe de “Disposiciones Transitorias”, le asignaban poderes extraordinarios y la excusa legal para ejercerlos. La primera Asamblea Constituyente, reunida en la villa de San Cristóbal, eligió por dos periodos consecutivos a Santana. “Durante la guerra actual y mientras no esté firme la paz, el Presidente de la República puede organizar libremente el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y seguridad de la nación; pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convenga, sin estar atado a responsabilidad alguna.”-artículo 210- Así nació la República, así se ratificó la arbitrariedad que signaría la vida nacional desde el siglo XIX, con su secuela perniciosa hasta hoy.

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La primera Constitución, a pesar del artículo 210, describe la nación “libre, independiente y soberana, bajo un gobierno civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable”. También establece la existencia de los tres poderes del Estado “separados, independientes, responsables, temporales e indelegables”. De nada sirvió la división, la intransigencia se impuso a pesar del tinglado legal. Hoy, los discursos, como en cada aniversario, recrearán el hecho y mencionarán los artículos siempre demonizados. Estará presente la erudición coyuntural ahora que la violenta agrafía se adueña del mando fáctico y legal, para subvertir y desafiar el orden público. Y delinque consciente de su impunidad, garantizada por el oportunismo electoral y la imposibilidad de control.

Volver al “pedazo de papel” de Federico “El Grande” y Ferdinand Lasalle puede ser tedioso, aunque no inútil. Transcurridos 179 años de aquel 6 de noviembre, sin olvidar la emblemática Carta Magna del 1963, espanta el desconocimiento de derechos fundamentales. Preocupa la danza entre el mundo real y el oficial que pretende ocultar el primero- Alejandro Nieto “El Desgobierno de lo Público”-. Es la vigencia de un estado bifronte que acepta la pena de muerte para aplacar la delincuencia que al mismo tiempo auspicia. Estado indiferente al crimen cuando de obtener ventajas se trata. Es propicia la fecha para denunciar y atreverse a combatir la condición inerte de la Constitución.