La Corte Constitucional de Ecuador resolvió este miércoles la despenalización del aborto por violación, dictamen que se produce en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por agrupaciones defensoras de los derechos de las mujeres en 2020.
Hasta la fecha, el aborto era solo permitido si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una violación a una mujer con discapacidad mental, conforme al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador acogió con satisfacción el fallo, que consideró “un avance necesario, aunque incompleto”, y en un comunicado avanzó que seguirá luchando para la completa despenalización de la interrupción del embarazo.