Cabrera Ruiz fue condenado a 20 años de prisión acusado de dirigir desde la cárcel una red de sicariato, y descargado por lavado
La Corte de Apelación de San Pedro de Macorís declaró inadmisible el recurso interpuesto contra la sentencia que declaró no culpable a Jesús Pascual Cabrera Ruiz, acusado de lavado de activos en perjuicio del estado dominicano.
La sentencia absolutoria a favor de Cabrera Ruiz fue dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de La Romana el 22 de diciembre del 2022, por insuficiencia de pruebas.
Esa decisión fue apelada el día 2 de mayo por los representantes del Ministerio Público en La Romana, Ramona Nova Cabrera, Manuel Santiago Castro Lora y Reina Yaniris Rodríguez Cedeño.
La Corte, presidida por José Manuel Glass Gutiérrez declaró inadmisible dicho recurso de apelación por haber sido hecho fuera del plazo de ley, conforme a lo establecido en el artículo 418 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15.
La sentencia absolutoria
La sentencia penal que declara “no culpable” a Cabrera Ruiz de violar los artículos 3 letras a y b, 4 párrafo, 5, 7 letra d, 8 letra b, 18, 21 letra b, 24 y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos, es la número l 176/2022.
El auto con el cual la Corte declaró inadmisible la apelación de dicha sentencia es el número 334-2023-TAUT-00681, del 2 de mayo del 2023.