Cronológico del asesinato del exrector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) Mateo Aquino Febrillet, relatada por su hija Jessica Aquino Lapaix a través de sus abogados Danilo A. Lapaix, Amadeo Peralta, José Aquino y Eliseo Urbáez.
El 11 de marzo del año 2016, aproximadamente a las 4:00 de la tarde es asesinado el profesor Mateo Aquino Febrillet.
Causa de la muerte: Hemorragia interna, laceración de arteria pulmonar, herida por proyectil de arma de fuego con entrada en región deltoidea izquierda sin salida.
El 16 de marzo del año 2016: Conocimiento de la medida de coerción, resolución número 0668-2016-2016-SMDC-00597, dictada por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, en contra de Blas Peralta Peralta, Rafael Herrera Peña, Geraldo Félix Bautista Mena y Franklin Alejandro Venegas Rivas, consistente en prisión preventiva, por un periodo de 12 meses en el centro correccional de La Romana como presuntos autores y cómplices en el horrendo asesinato de Aquino Febrillet.
Presentación de la acusación con requerimiento de apertura a juicio a cargo de los acusados por el Ministerio Publico, por ante el Magistrado Juez Coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, en fecha 13 de junio del año 2016 conjuntamente con los querellas de las víctimas y actores civiles.
Conocimiento de la revisión obligatoria para el día 13 del mes de junio del año 2016, la cual el Juez del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional se declaró incompetente, en virtud de que ya se había presentado la acusación por la Fiscalía del Distrito Nacional.
Primera Audiencia : El 18 de julio del año 2016, aplazada en virtud de que el imputado Blas Peralta se presentó al tribunal sin abogado que lo representara.
Segunda Audiencia : El 08 de agosto del año 2016, aplazada a pedimento del abogado defensor de Blas Peralta alegando que no conocía el expediente, no obstante haber sido su abogado desde antes y durante el conocimiento de la medida de coerción.
Tercera Audiencia : El 12 de septiembre del año 2016, aplazada a pedimento de los abogados de los imputados.
Cuarta Audiencia: El 26 de septiembre del año 2016, aplazada a pedimento de los abogados de los imputados.
Quinta Audiencia: El 28 de octubre del año 2016, aplazada a pedimento de los abogados de los imputados.
Sexta Audiencia: El 16 de noviembre del año 2016, aplazada por lo avanzado de la hora. 06:28 de la tarde.
Séptima Audiencia: El 17 de noviembre del año 2016, aplazada a los fines de que el imputado Geraldo Félix Bautista Mena se encuentre en condiciones de salud, pedimento de la defensa técnica, al cual se adhirieron las defensas de los demás imputados.
Octava Audiencia: El 2 de diciembre del año 2016, aplazada en virtud de que el abogado defensor del acusado Blas Peralta no asistió a la audiencia, alegando situación de salud, no obstante estar citado legalmente.
Novena Audiencia: El 9 de diciembre del año 2016, aplazada en virtud de que el abogado del imputado Geraldo Félix Bautista Mena no compareció a la audiencia no obstante estar citado legalmente, en la cual el tribunal ordenó el abandono de la defensa de su abogado a pedimento de la Fiscalía y de los querellantes, otorgándole un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la decisión para que designe un abogado de su elección y en caso contrario el tribunal remitirá las actuaciones del proceso a la defensoría pública a fin de que el mismo esté representado.
Como puede observarse, todas las audiencias han sido aplazadas por incidentes planteados por la defensa técnica de los imputados, contrario a la Fiscalía y a los querellantes que siempre han estado dispuestos a que se conozca el fondo de la audiencia preliminar, con la seguridad de que el tribunal ordenará auto de apertura a juicio en contra de los imputados en virtud de las pruebas existentes, las cuales comprometen fuera de toda duda razonable la responsabilidad penal de cada uno de ellos.
En la última audiencia el tribunal fijó la audiencia preliminar para los días 17 y 20 de enero del 2017, para continuar con dicho proceso.
El 5 de enero del año (2017), el señor Edward Andrés Montás Lorenzo de manera sorpresiva desistió de la querella en Constitución en actor vivil depositada en fecha 23 del mes de mayo del año 2016 en contra de los acusados Blas Peralta Peralta, Rafael Herrera Peña, Geraldo Félix Bautista Mena y Franklin Alejandro Venegas Rivas, mediante instancia depositada por ante el Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, sin embargo, por su condición de testigo estará en la obligación de comparecer a cada una de las audiencias, ya que de la condición de testigo no puede desistir.
Este cronológico es un aporte de Jessica Aquino Lapaix como una contribución a que la sociedad dominicana esté edificada sobre el curso de un proceso que necesariamente ha de concluir en un juicio de fondo con la condena máxima sobre cada uno de los imputados y cuyo único reclamo es que se haga justicia ante un crimen que ha conmovido la conciencia ciudadana, al cumplirse hoy día 11 de enero del año 2017 diez mese del vil asesinato de su padre Mateo Aquino Febreillet, quien em vida fuera un dominicano ejemplar.