¿Cuáles son las funciones de la Cámara de Cuentas?

¿Cuáles son las funciones de la Cámara de Cuentas?

Cámara de Cuentas/Fuente externa

Hoy, el Senado de la República elige a los integrantes de la Cámara de Cuentas para el periodo 2021-2025.

Los nuevos integrantes de la CC serían:

Jane Andrés Ramírez, presidente del órgano fiscalizador

-Elsa María Catano, vicepresidenta

-Tomasina Tolentino, secretaria

-Mario Arturo, miembro

-Elsa Peña, miembro

Sigue en vivo la escogencia:

Ante esto, consideramos oportuno recordar cuáles son las funciones de la Cámara de Cuentas:

1. Practicar auditoría externa financiera, de gestión, estudios e investigaciones especiales a los organismos, entidades, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetos a esta ley.

2. Solicitar a quien corresponda, toda la información necesaria para cumplir con sus funciones.

3. Tener acceso irrestricto a las evidencias documentales, físicas, electrónicas o de cualquier otra naturaleza, necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones de auditoría, estudios e investigaciones especiales de la gestión pública y de las personas físicas o jurídicas de carácter privado, sujetas al ámbito de esta ley.

4. Formular disposiciones y recomendaciones de cumplimiento obligatorio por parte de los servidores públicos, que son legal o reglamentariamente responsables de su aplicación.

5. Identificar y señalar en los informes, los hechos relativos a la violación de normas establecidas que originan responsabilidad administrativa, civil o indicios de responsabilidad penal.

6. Emitir resoluciones, con fuerza ejecutoria, en el ámbito de la responsabilidad administrativa y civil.

7. Requerir a las autoridades nominadoras la aplicación de sanciones a quien o quienes corresponda, en base a los resultados de sus actividades de control externo.

8. Elevar los casos no atendidos, señalados en el literal anterior, a las máximas autoridades nacionales, con el objeto de que se apliquen las sanciones correspondientes a los involucrados en los hechos de que se trate.

9. Requerir a la autoridad competente la aplicación de sanciones administrativas a los servidores públicos que no colaboren con el personal de la Cámara de Cuentas para el adecuado cumplimiento de sus funciones, o que de alguna manera obstruyan el buen desenvolvimiento de las mismas.

10. Investigar las denuncias o sospechas fundamentadas de hechos ilícitos contra el patrimonio público, o apoyar, si es el caso, las labores de los organismos especializados en la materia.

11. Emitir normativas en materia de control externo.

12. Conocer y opinar de manera vinculante las normativas de control interno.

13. Requerir a la Contraloría General de la República y, por su conducto, a las unidades de auditoría interna, el envío de sus planes de trabajo y los informes de sus actividades de control, en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

14. Solicitar que la Contraloría General de la República, o las unidades de auditoría interna, si es el caso, verifiquen el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Cámara de Cuentas.

15. Elaborar y actualizar los reglamentos, manuales, guías y demás instrumentos que se requieran para su desarrollo organizacional y administrativo.

16. Auditar o analizar con oportunidad la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos que cada año aprueba el Congreso Nacional.

17. Participar por iniciativa propia, o apoyando a otros organismos, en actividades que prevengan o combatan la corrupción.

18. Suscribir convenios de cooperación técnica, con instituciones nacionales e internacionales, relacionados con sus funciones.

19. Evaluar el trabajo de auditoría externa efectuado por firmas o personas naturales privadas, en las entidades y organismos sujetos a esta ley.

20. Proporcionar asesoría técnica a las entidades y organismos sujetos a la aplicación de esta ley, respecto a la implementación del Sistema Nacional de Control y Auditoría en las materias que le competen, de acuerdo con esta ley.

21. Emitir los reglamentos que sean necesarios para la cabal aplicación de esta ley.

22. Todas las demás que tiendan a fortalecer y promover la gestión eficiente, eficaz, económica y transparente de la administración de los recursos públicos y la rendición de cuentas.