El presidente de la República, Danilo Medina, emitió hoy el decreto 142-18 que establece el Reglamento de la Ley que declara como prioridad nacional la promoción y el fomento de la lactancia materna.
En dicho documento establece que el Ministerio de Salud Pública responsable de regir y aplicar la ley 8-95.
Al mismo tiempo fija las sanciones administrativas cuando se viole la normativa, que van desde una amonestación escrita hasta la suspensión definitiva de la comercialización del producto, en el caso de compañías que comercialicen productos relacionados a la lactancia.