De hidrocarburos está hecha la espada de Damocles

De hidrocarburos está hecha la espada de Damocles

Snayder Santana

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Todas y todos en algún momento hemos leído y/o escuchado hablar de la espada de Damocles. Aquella icónica espada, que es centro de la leyenda griega narrada por el historiador Timeo de Tauromenio, sobre Damocles, quien fuera aquel cortesano que envidiaba al rey Dionisio. Leyenda que se utiliza en política como referencia al hecho de que penda sobre alguien una afilada espada sostenida solo de la  crin de un caballo.

Así de afilada es la espada que constituye en nuestro país para cualquier gobierno el tema de los combustibles, dada la importancia de los carburantes para la producción y la vida cotidiana, lo complejo del proceso de fijación de sus precios y la presión económica que ejercen los mismos sobre la ciudadanía.

El gobierno del presidente Abinader ha anunciado una modificación a la Ley de Hidrocarburos 112-00, que será introducida al Congreso Nacional, en la primera legislatura ordinaria del año 2022, la cual, constitucionalmente inicia el próximo 27 de febrero.

Cualquier modificación ala referida ley que conlleve una variación en el mercado de los combustibles debe darse sobre la base de una discusión amplia entre el gobierno, los empresarios y la población.

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Ante la discusión que ha de venir sobre el tema, es necesario hacer pedagogía del mismo, para que la población esté  en condiciones de incidir sobre el proyecto de ley y su resultado final.

Es necesario que comprendamos  los componentes que forman parte del negocio que suponen los combustibles, y como se establecen los precios que pagamos cada día.

Digamos que,  combustibles = materia prima + intermediación + impuestos, dicho de otra forma, precio  = precio de paridad de importación + impuestos + márgenes de comercialización.

Detalles

La fijación de los precios semanales según el Ministerio de Industria y Comercio, se hace sobre la base de variables nacionales e internacionales que afectan el mercado local de los derivados del petróleo.

En términos llanos y superficiales el precio de los combustibles vendidos  al consumidor final en nuestro país corresponde a las fluctuaciones de: Costos del petróleo crudo, los costos de los productos derivados en el mercado internacional, las variaciones de la tasa de cambio del dólar estadounidense y otros elementos que representan costos locales en pesos dominicanos.

Todo esto se refleja en la fórmula de cálculo del precio de los combustibles, la cual en sentido práctico como ya vimos anteriormente, es la suma de los costos por importación, impuestos y márgenes de ganancia.

Desglosemos pues las tres ramas que componen el precio del galón de combustible en el mercado local. En primer lugar, se encuentra el Precio de Paridad de Importación (PPI), este, opera bajo el principio conforme el cual, los precios de venta para los estacones de expendio de combustibles se establecen en función de lo que le costaría  al Estado dominicano si los productos vendidos en una semana hubiesen sido importados en su totalidad.

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Este precio refleja entonces, la totalidad de gastos por importación y  el manejo de terminales de importación.Esto en términos menos técnicos  significa que se homologa el precio local al costo total del combustible importado como tal, es decir, que si  compras un galón de gasolina  su precio base  equivale a lo que cuesta traerlo en importación,  (precio base) más la suma de las demás variables que veremos en lo adelante (impuestos y ganancias).

Según los datos oficiales del MICM, el precio base de un galón de gasolina premium para  la semana del 5 al 11 de febrero de este año,  es de 152.04 pesos dominicanos, para la gasolina regular de 145.86, para el gasoíl regular de 139.85 y para el gas licuado de petróleo (GLP), es de 102 pesos.

Estos son los precios que fija el gobierno por galón importado puesto en puertos dominicanos, lo que técnicamente llaman precio de paridad de importación, que se obtiene de la suma de la siguiente formula:PPI = FOB + FT + SM + CB + CMT + OC + GAL. Esta fórmula, sus detalles e implicaciones las veremos detallada en la segunda parte de este trabajo.

Luego que se determina el PPI, a partir de  este se  fija el precio base por galón. A esto se suman los tres  impuestos aplicables a los combustibles, el primero es un impuesto fijo por galón establecido en la Ley 112-00, modificada por la Ley 557-05 y por la Ley 253-12,  que además fija un impuesto adicional  de (RD$2.00) por galón para promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular de transporte público de pasajeros y de carga.

Zoom

Los impuestos que parten de  la ley de hidrocarburos para el precio actual de los combustibles suman unos 71.85 pesos para la gasolina Premium y 28.06 para el gasoil regular. (El GLP está exento de este impuesto).

Adicionalmente, existe un impuesto ad valórem, que en la actualidad es de un 16% del precio de paridad de importación.  

Partiendo del precio fijado para la semana del 5 al 11 de febrero el impuesto del ad valórem  equivale a unos 24.32 pesos para la gasolina Premium, 23.34 para la regular, para el gasoil regular 22.37 y  16.39 para el GLP.

Luego de determinar el precio de paridad de importación, sumar los impuestos, entonces se pasa a la tercera fase que es adicionar los márgenes de la cadena de comercialización para cubrir las ganancias de  distribución, transporte y detalle.

En la cadena de distribución se establecen tres componentes, los cuales son: distribuidor, transporte y detallistas cuyos márgenes de ganancias son fijados mediante resoluciones del MICM basado en las facultades que le otorga la Ley  37-17, y otros instrumentos legales.

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En la actualidad estos márgenes implican: distribuidor  14.42 pesos para la gasolina Premium, 11.87 para el gasoil regular y  8.95 para el GLP.

El detallista de gasolina recibe 22.49 y 17.94 por el gasoil, los márgenes para el transportista equivalen a 5.68 para los tres tipos de combustibles.

La suma de todos estos valores es el precio a pagar por el consumidor fina, dígase en la gasolina Premium 152.04 + 71.85 + 24.32 + 14.42 + 22.49 + 5.68=290.80 – (3.20) de la resolución 201 del 2014, =287.60 pesos dominicano (la referida resolución fija el ajuste por temperatura de la distribución y se descuenta del precio final por galón).

Esto no aplica al precio del GLP al cual se le suma un monto adicional de 80 centavos por galón para transferirlo al subsidio Bono Gas.

El gobierno tiene control de casi todo el proceso de establecimiento de los precios, al menos en porcentajes fijos para cada variable que incide en el precio final.

Detalles

Una reforma que procure reducir el precio de los carburantes en el país, debe en principios rediscutir y definir las variables que inciden en el precio de paridad de importación,como precio base para  cada combustible, reducir los márgenes de ganancia en la cadena de distribución, someter a discusión  la carga impositiva que graba los carburantes y hacer un esfuerzo por ampliar los plazos de variación de precios al menos a cada 15 días y no semanales como se hace en la actualidad. 

La modificación de estas variables podría reducir el precio final de cada combustible con al menos 25 pesos por galón siendo conservador.

Es  importante destacar que las recaudaciones por materia de impuestos a los combustibles ronda el 10% de todas recaudaciones del gobierno, cuyo monto los últimos años sobre pasa los  60,000 millones de pesos dominicanos, por lo cual el Estado tendrá que decidir en una modificación a la fórmula de fijación de precios, optar por afectar los márgenes de ganancias de los empresarios del sector o las recaudaciones del gobierno por esta actividad económica, es pues desde ese péndulo que se balanza sobre el gobierno la espada de Damocles

Espere la segunda entrega.