La ejecución presupuestaria 2021 fue tan desatinada que para superarla se necesita imponer drásticamente las disposiciones de los arts. 43 y 44 de la Ley 423-06 Orgánica de Presupuesto sobre “Distribución administrativa de Gastos” para que las apropiaciones no constituyan “derecho adquirido por…organismos públicos” sino “límite…sujeto a…disponibilidad efectiva de…ingresos”.
El presupuesto complementario sometido meses después de aprobarse el original, sufrió modificaciones superiores al 10% en sus principales indicadores.
Aún así, la ejecución presupuestaria anualizada al 24/09/21, 267 días del año, sumándole un mes de gastos correspondientes a diciembre, acrecentaron los desatinos.
Solo los ingresos corrientes tuvieron comportamiento atinado, sobrepasando 26% las estimaciones. Los de capital apuntan a la décima parte de lo presupuestado al fracasar privatización de Punta Catalina.
Los gastos dejaron mucho que desear: se incrementan los corrientes 22% con relación a lo presupuestado originalmente. Los de Capital, se desploman a la mitad de lo presupuestado.
El endeudamiento fue tal que necesitaríamos cerrar el gobierno por 4 años para saldar la deuda o más de medio siglo para amortizarla si solo se gasta en cargas fijas, sin invertir nada.
El otoño económico externo que se avizora impone someter el Presupuesto 2022 al bisturí de la prudencia.
Se otea crisis hipotecaria como la del 2008 precipitada por quiebra del gigante inmobiliario chino Evergrande, colapso productivo y transportación de materias primas-incluyendo energéticas-consecuencia del mal manejo económico de la pandemia, exceso crecimiento Chino succionando bienes mundiales, aceleración inflacionaria por petróleo apuntando a US$100/barril y amenaza de la estabilidad Alemana.
Muchos visualizan incluso crisis monetaria internacional, dificultándose nuevos financiamientos.2022. Resulta imperativo pues, independientemente de que presupuesto 2022 se apruebe (o no) concentrar la atención en vigilar la ejecución presupuestaria, distribuyendo administrativamente los gastos, como manda la ley, para procurar gastos condicionados a recaudaciones efectivas. Adicionalmente, para no frustrar los frecuentes anuncios presidenciales sobre proyectos, deberían blindarse apropiaciones para inversiones con miras a evitar su utilización para financiar gastos corrientes.
Así lo exige nuestro crecimiento. Y la preservación del prestigio presidencial.