Descargan al consultor jurídico Banco Central

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POR TANIA HIDALGO
El juez de la Décima Sala de la Penal del Distrito Nacional, Rafael Pacheco, declaró nula la providencia calificativa emitida por una cámara de calificación en contra del consultor jurídico del Banco Central, Fidel Ernesto Pichardo Baba, por violar el debido proceso de ley, así como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de los Derechos Humanos y la Constitución.

En su sentencia, el juez declaró inadmisible la querella contra Pichardo Baba considerando que el querellante, Mauricio Picerella, no podía representar a Cristian Ross, S.A., la empresa alegadamente afectada, porque dejó de presidirla desde el año 2000.

El 10 de marzo de 2004, una cámara de calificación, integrada por los jueces Katia Miguelina Jiménez, Luis Omar Jiménez Rosa y Ramona Rodríguez, revocó un auto de no ha lugar emitido por el Cuarto Juzgado de Instrucción a favor de Pichardo Baba.

Picerella había acusado a Pichardo Baba de alegada falsificación de documentos, pero luego el mismo querellante admitió ante el juez de instrucción que firmó esos documentos.

El gobernador del Banco Central, Héctor Valdez Albizu, otorgó una licencia a Pichardo Baba para que atendiera el proceso judicial, ocurrido antes de su ingreso a la entidad y mientras se dedicaba a su actividad profesional de abogado y consultor legal.

«Independientemente de que la cámara de calificación debió motivar su decisión al revocar el auto no ha lugar emitido por el juez de instrucción, debió primero examinar la calidad de la parte querellante recurrente antes de tomar su decisión para así asegurar el debido proceso de ley que debe ser llevado en aras de preservar los derechos de las partes envueltas en el proceso», indica el juez en un considerando.

Pacheco tomó su decisión en virtud de los artículos 30, 31, 63, 65, 75 y 127 del Código de Procedimiento Criminal.

Una nota de prensa del Departamento de Comunicaciones del Banco Central señala que esta acción contra Pichardo Baba coincide con la actitud de firmeza de las autoridades monetarias «en el cumplimiento de su obligación constitucional de continuidad del Estado y de las decisiones de la Junta Monetaria, aún vigentes, que dispusieron el querellamiento penal contra los principales ejecutivos de los bancos quebrados, procesos de los que se encuentra apoderado el poder Judicial».

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