El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin autonomía a los 232 distritos municipales que existen en el país, con la sentencia 152-13, emitida el pasado 12 de septiembre, que habían adquirido a través de la Ley 176-07 y la Constitución del año 2010.
La advertencia la hizo el experto en derecho constitucional Plutarco Jáquez, secretario general del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste (ASDO), quien definió la sentencia como un retroceso y una “contra reforma municipal”.
En visita a este diario, Jáquez explicó que el fallo del TC determinó que la autonomía de las juntas municipales es presupuestaria, no normativa, por tanto sus decisiones tienen que ser aprobadas por el Concejo de Regidores del municipio.
El TC tomó la decisión ante un conflicto entre el distrito municipal de Verón y el ayuntamiento municipal de Higüey, por un asunto de competencia en el que el primero se disponía a establecer una oficina de Planeamiento Urbano con la finalidad de elaborar su normativa.
Lamenta que el TC se coloque de espaldas a la Ley 176-07 que en su artículo 82 coloca a los distritos municipales y municipios prácticamente en igualdad de condiciones, en cuanto a funciones y atribuciones.
Señala que los artículos 199 y 201 de la Constitución, que crea y establece los municipios, indican que los distritos municipales tienen autonomía presupuestaria administrativa y normativa, por lo que la sentencia viola la Carta Magna. El 100 dice que la Junta Municipal constituye el gobierno local de su territorio y el 201 que tienen autonomía presupuestaria y normativa.