Diputados del Partido Republicado en Chile, proponen una reforma constitucional en ese país, que blinde los ahorros de los trabajadores destinados a las pensiones.
En rueda de prensa, acompañados del excandidato a la Presidencia José Antonio Cosme, emplazaron al presidente chileno Gabriel Boric, a tomar acciones que contribuyan a la preservación de los fondos de pensiones, hasta el término de la vida laboral de los trabajadores.
¨De manera que hemos venido a exigirle al presidente Boric que tomemos acciones que permitan garantizar esa defensa, en particular una reforma constitucional que haga imposible que quienes pretenden quitarnos nuestros ahorros, lo puedan lograr hacer ¨, expuso uno de los voceros los congresistas chilenos.
Postura similar, guardan amplios sectores en República Dominicana, que insisten en la necesidad de salvaguardar los ahorros destinados a las pensiones de miles de afiliados, esto ante lo que consideran una amenaza, el pedimento del 30% de esos recursos, así como la eliminación de las AFP.
La Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones, la cúpula empresarial, centrales sindicales y otros segmentos han planteado una reforma a la ley 87-01, en beneficio del sistema, así como de los trabajadores y sus familias.
El pedimento de los congresistas chilenos se enmarca en la protección del derecho que tienen los afiliados al régimen de pensiones a mantener intactos los aportes acumulados en sus cuentas de capitalización individual que, en el caso de República Dominicana, aporta 22% del crecimiento económico, lo que se podría ver afectado, si se tocan esos recursos como plantean grupos.
Connotados economistas como Henri Hebrard, Antonio Ciriaco e Isidoro Reyes han sido enfáticos en advertir que el comportamiento económico actual y futuro, podrían depender de si se desembolsa un por ciento de los referidos fondos, llegando a comparar las consecuencias con las que dejó la quiebra bancaria de 2003.
El Consejo Económico y Social discute, entre otros temas, la reforma al sistema de seguridad social, regido por la ley 87-01.