Economía

Resolución SIE-007-2026-REG

El barco trajo buenas nuevas para el mercado eléctrico

Las medidas, incluida una controversia, persiguen un objetivo común: dotar al país de un mercado eléctrico robusto y garantizar la sostenibilidad del sistema.

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Esta vez, el barco atracó con una carga especialmente valiosa para el mercado eléctrico. Lo hizo al amparo de un nuevo reglamento, establecido mediante la Resolución SIE-007-2026-REG, que redefine el rumbo del sector —en particular, el de las energías renovables —, fortalece sus cimientos institucionales y establece las condiciones necesarias para un crecimiento sostenido, eficiente y compatible con la sostenibilidad económica, ambiental y operativa a largo plazo.

Entre las medidas más destacadas figura la digitalización del proceso de solicitud y aprobación, que reduce el tiempo de respuesta de hasta cuatro meses a un máximo de 45 días. De no emitirse respuesta dentro de ese plazo, la solicitud quedará automáticamente aprobada. Asimismo, las empresas distribuidoras deberán desarrollar plataformas digitales que permitan a los usuarios dar seguimiento, de manera transparente, al estado de sus solicitudes.

El reglamento también dispone la eliminación del límite del 15 % de penetración por circuito, lo que permitirá una mayor integración de sistemas solares, siempre que se garantice la seguridad de la red mediante los estudios técnicos correspondientes. De igual forma, se aprueba la instalación sin costo del medidor bidireccional por parte de la empresa distribuidora. En caso de que el usuario decida adquirirlo directamente, este deberá ser reembolsado, previa verificación por parte del Instituto Dominicano para la Calidad (Indocal).

En lo relativo a la retribución del crédito anual por la energía excedente inyectada a la red, se establece que el retorno será del 100 %, en sustitución del 75 % vigente hasta ahora.

Además, se reconoce la posibilidad de optar por la modalidad de no inyección de excedentes, siempre que se notifique previamente a la empresa distribuidora, sin que ello implique costo alguno para el usuario.

Respecto al uso de las redes eléctricas, el reglamento introduce un cargo por derecho de uso de la red a favor de la distribuidora, equivalente al 25 % de la energía inyectada y aplicable únicamente a usuarios con una demanda menor a 10 kW.

Todas estas medidas —incluida esta última, quizás la más controversial— persiguen un objetivo común: dotar al país de un mercado eléctrico robusto y garantizar la sostenibilidad del sistema.

En el caso específico del cargo aplicado a usuarios con demanda menor a 10 kW, se busca que el pequeño productor sea, ante todo, un autoproductor y no un mini generador comercial. Para ello, se reduce el incentivo a sobredimensionar instalaciones, desalentando que hogares o pequeños comercios instalen capacidades muy por encima de su consumo real con el único fin de “vender” excedentes. Se prioriza así el autoconsumo sobre la inyección a la red y se transparentan los costos asociados al uso de esta infraestructura, que necesariamente deben ser cubiertos. Todo ello, en aras de la sostenibilidad del mercado eléctrico. 

Sobre el autor
Mario Mendez

Mario Mendez

Licenciado en Economía, del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), con más de 40 años de ejercicio en el periódico HOY.