El código para la barbarie e impunidad

El código para la barbarie e impunidad

Europa respira y suspira por el triunfo del Nuevo Frente de Izquierda en Francia, que la pasada semana detuvo hasta el momento el paso doble de la ultraderecha de ese país. En esa misma semana, el nuestro sufría otro batacazo de un parte del sector ultraconservador enquistado en el Congreso Nacional, al aprobar un proyecto de Código Penal donde, de hecho y/o de derecho, quedan legalizadas algunas de esas prácticas sociales, culturales e institucionales que nos retrotraen al salvajismo. En esencia, ese código contrario a la Constitución protege al delincuente, desprotege las victimas (sobre todo las mujeres y la niñez), estimula la corrupción y los bajos instintos. Es otra expresión de esa arritmia entre economía, política y cultura que nos acogota como país.

Por la presión/imposición de sectores fundamentalistas de las principales iglesias, no sólo han sido eliminadas las tres causales que en nuestro país normarían la interrupción de un embarazo, sino que, mediante afirmaciones no correctamente explicitadas desde el punto de vista jurídico, las omisiones (calculadas o no) en diversos artículos permiten interpretaciones que podrían favorecer al victimario y desproteger la víctima. Además, que, de hecho, legaliza y estimulan prácticas culturales atávicas de violaciones a la dignidad e integridad física de las mujeres y la niñez. Por ejemplo, cuando se tipifica como violencia o abuso a los niños sólo cuando sea un patrón de conducta contra estos Podríamos preguntar ¿Cuántas golizas constituyen un “patrón”.? Un solo acto de violencia es inaceptable.

Puede leer: Impunidad, libertad de prensa, y política

Igualmente, constituye una barbaridad establecer como violación a una mujer sólo si hay penetración. Una limitada y atávica idea del sexo y la sexualidad. Podría admitirse que una institución como tal no sea pasiva de una sanción penal, pero las denuncias y demandas judiciales a muchas instituciones religiosas, deportivas, militares y policiales por violencia y abusos sexuales contra menores o miembros de estas obliga a que, en el tratamiento de ese tema, se establezca claramente las obligaciones o responsabilidades de las autoridades de esas instituciones frente a esos y otros casos de diversas índoles que se cometen detrás de muros, campamentos militares, instalaciones deportivas y oficinas, con el silencio protector de las altas jerarquías de esas instituciones.

Además, es bien conocido el espíritu de cuerpo de las instituciones eclesiales, castrenses y deportivas, principalmente. Durante siglos, en la primera se cometen y se ocultan abusos sexuales contra la niñez, son frecuentes los casos de acoso y violencia sexual contra mujeres militares. Es ampliamente conocido el costo en términos emocionales y deportivos sufrido por la extraordinaria gimnasta norteamericana Simone Biles, abusada sexualmente por su entrenador durante un tiempo. La experiencia indica que el principio de la no responsabilidad de las instituciones como tal del delito que a su interior pueda cometer uno de sus miembros, en esencia, puede convertirse en una inobservancia (voluntaria o no) de defensa de derechos. Un tema que los especialistas en esa materia deben enfrentar.

La prescripción del delito por robo del patrimonio público consignada en el Código de marras constituye una burla a la lucha contra la corrupción que alcanzó su punto más alto con Marcha Verde, la más contundente acción de masas contra el anterior gobierno y que fuera puntal para el establecimiento de la actual mayoría en las instancias básicas del Estado. En nuestro país existen muchas formas de discriminación, una de ellas es la relativa a la libre opción sexual. Sin embargo, como en la generalidad de los países, ese derecho no se reconoce de manera taxativa en el referido texto. Esa circunstancia, y el establecimiento de la penalidad a cualquier forma de interrupción de un embarazo nos sitúa entre las naciones más retrógradas en materia de reconocimientos de derechos ciudadanos que son inalienables. 

Conspiranóicos de toda laya se frotan las manos y piensan que con esas omisiones y “precisiones” el Código Penal “le enmienda la plana” a la “agenda internacional contra la familia y la moral”, una agenda que sólo existe en sus cabezas, un mito para difundir mentiras e infamias, repetidas incesantemente por una minoría religiosa y sectores profesionales de dudosa formación que no logran separar fe, ciencia y derechos humanos. Son esos sectores, quienes desconociendo que varias mediciones establecen que alrededor del 70% de la población dominicana entiende la pertinencia y justicia de las tres causales, presionan a los congresistas para imponerles arbitrariamente unas posiciones claramente minoritarias a la sociedad dominicana. Pero de esa barbaridad no son ellos los responsables. Insisto, la responsabilidad de los tantos despropósitos de nuestros congresistas recae básicamente sobre los hombros de las direcciones de los partidos que los presentaron como candidatos. En esencia, son esas organizaciones las que desconocen la voluntad de un 70% de los ciudadanos en un tema que es vital, en el más profundo sentido de ese término. A esas direcciones, no al senador proponente y vocero de ese inaceptable Código Penal, debe decírseles que a diferencia de lo que este dice, jamás semejante texto podría honrar la memoria de los Padres la Patria. Todo lo contrario, la insulta

Más leídas