El Poder Ejecutivo dio a conocer ayer el decreto 403-24, mediante el cual se establece el reglamento de aplicación la Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista.
Con el reglamento, señala una nota de Presidencia, el Gobierno busca hacer efectiva la referida Ley, mediante la organización de las competencias de los entes y órganos del Estado; además de crear espacios de coordinación interinstitucional para promover, proteger y asegurar los derechos a favor de las personas con esta condición.
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El reglamento, de fecha 24 de julio del presente año, establece que los entes y órganos administrativos pueden desarrollar programas de apoyo a personas con trastorno autista, en cumplimiento con los objetivos y programas institucionales y las empresas públicas y privadas, siempre que las iniciativas de voluntariado no impliquen beneficio económico.
La ordenanza, que contó con un proceso consultivo con la sociedad civil, además regula el procedimiento para la aplicación de las sanciones administrativas, para lo cual se apoya en los principios y reglas de la Ley 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.