El ejercicio del voto y la abstención

El ejercicio del voto y la abstención

Félix Nova

Tras las elecciones celebradas el 19 de mayo, en las cuales la participación fue del 54.37%, la abstención alcanzó casi el 47%, siendo este el nivel más alto de abstención, superando en un 0.9% la de las elecciones atípicas del 2020. Cabe recordar que en ese año el proceso electoral se llevó a cabo en medio de la pandemia de COVID-19, y estos dos últimos procesos electorales han registrado los niveles de abstención más altos en décadas.

La alta abstención registrada en un país donde históricamente el nivel de abstención en los últimos 46 años ha sido de alrededor del 30% del padrón electoral puede ser motivo de preocupación para la clase política, sin importar el partido o la ideología. Muchos proponen rápidamente la implementación del voto obligatorio y la imposición de sanciones a quienes se abstengan de votar, como medida para reducir la abstención electoral.

El tema de la abstención y la propuesta de establecer el voto obligatorio tiene múltiples interpretaciones. Para empezar, podemos considerar tres posibles razones que pudieron haber llevado al alto nivel de abstención en el último proceso electoral: 1) Muchas personas podrían haber percibido las elecciones como una campaña aburrida o insípida; 2) La alta percepción de una victoria aplastante del partido oficialista, con un porcentaje cercano al 70%, podría haber desalentado a aquellos que  simpatizaban con la oposición , bajo el argumento del «no perderé mi tiempo votando por alguien que no ganará«; y 3) Es posible que los candidatos no despertaran suficiente interés ni confianza en el electorado, es decir, que las propuestas y los candidatos no resultaran atractivos para los votantes que decidieron no participar.

Sobre la propuesta de muchos sobre el voto obligatorio, es bueno recordar que el ejercicio del sufragio en sentido general, es la forma en la cual se expresa la democracia, puesto que constituye el instrumento que garantiza la legitimidad del Estado debido a que, mediante el sufragio, se escogen las autoridades competentes en la municipalidad, en lo congresual y quien ejercería el Poder Ejecutivo. En el artículo 208 de la Constitución, el constituyente define el voto como un derecho y como un deber. Es un derecho adquirido por la persona cuando cumple con una serie de requisitos establecidos en la propia Constitución y en las leyes adjetivas; es un deber, debido a que su ejercicio no es obligatorio.

Al final, una posibilidad de incentivar el voto para muchos que posiblemente se abstengan de votar, sería volver a una opción que apareció en las primarias simultaneas celebradas en el año 2019, donde apareció la casilla del “ninguno”, o poder introducir el voto en blanco, dichas propuestas no serían un gesto de apatía, sino una declaración poderosa de disconformidad del electorado a los actores políticos y que deben buscar la forma de conectar realmente con ese electorado que puede encontrarse desmotivado por las opciones que tiene. Es un mecanismo que permite a los ciudadanos expresar su descontento con las opciones presentadas, fomentando así una mayor responsabilidad y transparencia por parte de los partidos políticos. La realidad, es que la abstención es algo que se tiene que analizar con detalles y que los actores políticos tienen que considerar mas allá de establecer una “obligación” al voto.

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